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**CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** JUICIO: "GOBERNACIÓN DEL GUAIRÁ C/ ING. JULIO ANTONIO GALIANO MORÁN S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO". A.I. No 1290 Asunción, 15 de diciembre del 2.021.-. X. VISTO: El escrito presentado por la Abogada Ilsa Lilia Cáceres Sosa, en nombre y representación de Julio Antonio Galiano Morán, obrante a fs. 532 de autos, Y CONSIDERANDO: La citada Profesional en el escrito referido manifestó: "Por el presente escrito, vengo a desistir d e los recursos interpuestos en estos autos". El Art. 167 del Código Procesal Civil establece: "El desistimiento de la instancia puede formularse en cualquier grado del proceso. El desistimiento de la segura o tercera instancia significa la renun cia al recurso interpuesto y deja firme la Sentencia impugnada". A fs. 236/238 de autos, obra copia del Poder General otorgado por Julio Antonio Galiano Moran a favo r de la Abogada Ilsa Lilia Cáceres Sosa, por el cual le confiere mandato suficiente para desistir de la Instancia, conforme lo requiere el Ar t. 168 del Código Procesal Civil. Por lo que corresponde, en Derecho tener por desistida a la Abogada Ilsa Lilia Cáceres Sosa, en repr esentación de Julio Antonio Galiano Morán, respecto a los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos contra el Acuerdo y Sentencia Número 34, con fecha 2 de Septiembre del 2.020, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, ce la Circunscripción Judicial Guairá e imponer las Costas a la apelante, conforme lo dispone el Art iculo 200 del citado Código de Forma. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: TENER POR DESISTIDA a la Abogada Solange Ilsa Lilia Cáceres Sosa de los Recursos de Apelación y Nuli dad interpuestos contra el Acuerdo y Sentencia Número 34, con fecha 2 de Septiembre del 2.020, dicta do por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, ce la Circunscripción Judicial Guairá. IMPONER costas a la apelante. REMITIR este Jicio al Tribunal de origen para lo que hubiere lugar en Derecho. ANOTAR, registrar y notificar. Ante mi: Dr. Eugenio Jiménez R., Ministro Firma de Dr. Eugenio Jiménez R. Firma de Alberto Martínez Simon Firma de Cesar Antonio Garza Secretaría Judicial del Poder <signature>Dr. Eugenio Jiménez R.</signature> <signature>Alberto Martínez Simon</signature> <signature>Cesar Antonio Garza</signature>
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