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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 318170 JUICIO: "COMPULSAS: SERGIO LEONARDO MOREIRA" C/ CARLOS BRUNO GAZZOLA S/ ACCIÓN PREPARATORIA DE JUICIO EJECUTIVO" A. I. No 4400 Asunción, 25 de octubre del 2.021.-. Y VISTOS: el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Ramón Ariel Lezcano Ríos contra el Auto Interlocutorio N° 500 con fecha 23 de Diciembre del 2.019, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala de la Circunscripción Judicial Itapúa, las constancias de autos, el informe de la Actuaria, y CONSIDERANDO: De las constancias del Juicio y del Informe de la Secretaría Judicial que obra a fs.191 se advierten que la última actuación procesal de la cual existe constancia en el Expediente resulta ser la Provi dencia con fecha 6 de Agosto del 2.020 que obra a fs. 190, habiendo transcurrido el plazo establecid o en el Artículo 172 del Código Procesal Civil, para que opere la Caducidad de Instancia. El Artículo 175 del Código Procesal Civil establece: "...La Caducidad será declarada de oficio o a p etición de parte por el Juez o Tribunal...". Corresponde, pues, declarar operada la Caducidad de Instancia Recursiva, de conformidad a lo dispues to en el Artículo 172 del Código Procesal Civil e imponer las Costas al apelante, conforme lo dispon e el Artículo 200 del citado Código de Forma. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR OPERADA LA CADUCIDAD DE INSTANCIA RECURSIVA en este Juicio por haber transcurrido el términ o prescripto en el Artículo 172 del Código Procesal Civil. IMPONER Costas al apelante. REMITIR este Juicio al Tribunal de origen para lo que hubiere lugar en Derecho. ANOTAR, registrar y notificar. Ante mi: Dr. Eugenio Jiménez R. Ministro Alberto Martínez Sibaja Ministro César Antonio Garaz Fierina Ozuna Wood Actuaria Secretaría Judicial II - CSJ. Poder Judicial SECRETARIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
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