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**CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** JUICIO: "R.H.P. DEL ABG. JUAN CARLOS CASCO SANTACRUZ EN: JUAN ANDRES MENDIETA AYALA C/ BENTEX S.R.L. S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS". A.I. No. 1086 Asunción, X de octubre del 2.021.- Y VISTOS: Los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por el Abogado Juan Andrés Mendieta Ayala , contra el Auto Interlocutorio 249 del 24 de Mayo del 2.020, dictado por el Tribunal de Apelación e n lo Civil y Comercial, Quinta Sala, el informe de la Actuaria que obra a f. 12 y; **CONSIDERANDO:** De las constancias del Juicio y del Informe de la Secretaría Judicial (f. 12) se advierten que la úl tima actuación procesal de la cual existe constancia en el expediente resulta ser la Providencia de fecha 17 de Julio del 2.020, que obra a f. 11, habiendo transcurrido desde entonces un plazo superio r a seis meses establecido en el Artículo 172 del Código Procesal Civil, para que opere la Caducidad de Instancia. El Artículo 175 del Código Procesal Civil establece: "...La Caducidad será declarada de oficio o a p etición de parte por el Juez o Tribunal...". Corresponde, pues, declarar operada la Caducidad de Instancia Recursiva, de conformidad a lo dispues to en el Artículo 172 del Código Procesal Civil e imponer las Costas al apelante, conforme lo dispon e el Artículo 200 del citado Código de Forma. Por tanto, la Excelentísima; **CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** **SALA CIVIL Y COMERCIAL** **RESUELVE:** DECLARAR OPERADA LA CADUCIDAD DE INSTANCIA RECURSIVA en este Juicio por haber transcurrido el términ o prescripto en el Artículo 172 del Código Procesal Civil. IMPONER Costas al apelante. REMITIR este Juicio al Tribunal de origen para lo que hubiere lugar en Derecho. ANOTAR, registrar y notificar. <signature>Dr. Eugenio Jiménez R.</signature> Ante mí: <signature>Alberto Martínez Simón</signature> Ministro <signature>César Andrés Garza</signature> Teresa Ozuna Wood Actuaria Secretaría Judicial II - C.S.J. Subrayado: 2010. No Vete E. lineas: 2010. No Vete Ricarda Ozuna Wood Secretaria Judicial II - C.S.J. <signature>Verde</signature> Actuaria
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