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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 706/20 EXPTE: "ÓSCAR MARTÍN GONZÁLEZ IBARRA C/ JUSTO ALCIDES SILVERO S/ OBLIGACIÓN DE HACER ESCRITURA PÚBLICA". A.I. No 1052 Asunción, 18 de Octubre del 2.021. Y VISTOS: Estos autos, y; CONSIDERANDO: De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial de fs. 145, se advierte que Ós car Martín González Ibarra fue notificado del A.I. No 78, de fecha 18 de Febrero del 2.021, dictado por esta Sala de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, que obra a fs. 135, el cual en su terce r apartado dispuso: "CORRER TRASLADO a la adversa del escrito de expresión de agravios presentado po r el Abogado Carlos Montiel, que obra a fs. 125/130, por el plazo de Ley", según Cédula de notificac ión de fecha 24 de Febrero del 2.021, que obra a fs. 135. En el expediente no existe constancia que la adversa se haya presentado a contestar el traslado que le fue corrido, habiendo vencido el plazo procesal que tenía para hacerlo, conforme a la legislación aplicable al caso. Corresponde, pues, dar por decaído el Derecho que ha dejado de usar Óscar Martín González Ibarra, pa ra contestar el traslado corridole. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DAR POR DECAÍDO el Derecho que ha dejado de usar Óscar Martín González Ibarra para presentar su escr ito de contestación del traslado corridole. AUTOS para Resolver. ANOTAR registrar y notificar. Dr. Eugenio Jiménez R. Ministro Ante mí: Alberto Martinez Simon Ministro César Antonio Garza Pierina Ozuna Wood Actuaria Secretaria Judicial II - CSJ. * PODER JUDICIAL SECRETARIA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
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