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634/80 **CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** EXPEDIENTE: "BIPSA S/ QUIEBRAS". A.I. No...1015... Asunción, 30 de septiembre del 2.021.- Y VISTOS: Estos autos, y; CONSIDERANDO: De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial de fs. 156, se advierten que e l Abogado Blas Manuel Velázquez, Síndico de Quiebras del Primer Turno, fue notificado de la Providen cia de fecha 31 de Mayo del 2.021, según Cédula de Notificación del 8 de Junio del 2.021, obrante a fs. 152. En el Expediente no existe constancia que el mismo se haya presentado a contestar el trasla do corrido, habiendo vencido el plazo procesal que tenía para hacerlo, conforme a la legislación apl icable al caso. Corresponde, pues, dar por decaído el Derecho que ha dejado de usar el Abogado Blas Manuel Velázquez , Síndico de Quiebras del Primer Turno, para contestar el traslado de la fundamentación de los Recur sos que le fuera corrido. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DAR POR DECAÍDO el Derecho que ha dejado de usar el Abogado Blas Manuel Velázquez, Síndico de Quiebr as del Primer Turno para contestar el traslado que le fuera corrido. ANOTAR, registrar y notificar. Ante mí: Dr. Eugenio Jiménez R. Ministro Ano Alberto Martínez Simon Ministro César Antonio Gómez Pierina Ozuna Wood Actuaria Secretaria Judicial II - C.S.J.
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