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530/21 JUICIO: "IVANA SOLEDAD AYALA VALLEJOS C/ BASE BASE S.A. S/ COBRO DE GS. EN DIVERSOS CONCEPTOS". A.I. N° Q72 Asunción, 15 de septiembre del 2.021.- El escrito presentado por el Abogado César Adrián Cáceres a f s. 248, el informe de la Actuaria a fs. 249, y; CONSIDERANDO: Por A.I. N° 430, del 13 de Mayo del 2.021, el Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral , Segunda Sala, de la Circunscripción Judicial Central, resolvió conceder, el Recurso de Apelación i nterpuesto por el Abogado Christian Ferreira, contra el A.I. N° 307 de fecha 6 de Abril del 2.021. El informe de la Actuaria, obrante a fs. 249, expresó cuanto sigue: "Informo a VIE" que en estos aut os se ha dictado la providencia "Autos" en fecha 22 de Junio de 2021. En el expediente no existe con stancia que el apelante se haya presentado a fundamentar el Recurso interpuesto". De dicho informe y de las constancias de Juicio surge que el recurrente quedó notificado, en forma a utomática, de la Providencia "Autos" de fecha 22 de Junio del 2.021, en razón de no estar comprendid a dicha Resolución entre las enumeradas en el Art. 82 del Código Procesal del Trabajo. Así tenemos q ue se le tuvo por notificado en fecha jueves 24 de Junio del 2.021, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 1° de la Ley N° 1.110/85 "Por la cual se establece el régimen de notificaciones judiciales" , que modificó el Art. 81 del Código Procesal del Trabajo. Por consiguiente, corresponde declarar Desierto el Recurso de Apelación interpuesto por el recurrent e -de acuerdo al Art. 260 del Código Procesal del Trabajo-, imponer las Costas al apelante, en aplic ación del Art. 203 inciso e), del Código Procesal Civil y ordenar la devolución del expediente al Tr ibunal de origen. Por tanto, la Excelentísima; ...//...
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL R E S U E L V E: DECLARAR DESIERTO el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Christian Ferreira, contra el A .I. N° 307 de fecha 6 de Abril del 2.021, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercia l y Laboral, Segunda Sala, de la Circunscripción Judicial Central. IMPONER Costas al apelante. REMITIR este Juicio al Tribunal de origen para lo que hubiere lugar en Derecho. ANOTAR registrar y notificar. Dr. Eugenio Jiménez R. Ministro Ante mí: Pierina Ozuna Wood Actuaria Secretaria Judicial II - CSJ. Alberto Martinez Simon Ministro Cesar Antonio Garay <signature>Signature of Dr. Eugenio Jiménez R.</signature> <signature>Signature of Pierina Ozuna Wood</signature> <signature>Signature of Alberto Martinez Simon</signature> <signature>Signature of Cesar Antonio Garay</signature>
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