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589/21 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA INTERPUESTO POR EL ABOG. JAVIER PRIETO EN: JAVIER PRIETO C/ TELEDIFUSORA PYA S.A. S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS EN DIVERSOS CONCEPTOS". A. I. N. 910 Asunción, 15 de septiembre del 2.021.- Y VISTOS: El Recurso de queja por retardo de Justicia interpuesto por el Abogado Javier Antonio Prie to Nunes, obrante a fs.5, las demás constancias, y; CONSIDERANDO: Que, el Abogado Javier Antonio Prieto Nunes, interpuso Recurso de queja por retardo de Justicia, en los términos del escrito obrante a fs.5 de autos. Manifestó que han transcurrido en exceso los plazo s procesales como para dictarse Resolución en dicho Juicio, habiendo el mismo urgido sin que hasta l a fecha se haya dictado Resolución alguna. Ante la interposición del mencionado Recurso se dictó la Providencia de fecha 14 de Julio del 2.021, por la cual se ordenó oficiar al Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala de la Circunscripción Judicial Central, a fin de que informe la situación procesal en que se encuentra el Expediente intitulado: "JAVIER PRIETO C/ TELEDIFUSORA PYA S.A. S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIO S EN DIVERSOS CONCEPTOS". El Tribunal elevó el informe correspondiente y manifestó que ha dictado el Auto Interlocutorio N° 53 8 con fecha 29 de del Junio del 2.021, en el que resolvió lo incoado por el aquí quejoso. En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de queja por re tardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del Exped iente, por lo que carece de objeto la tramitación del mismo.
POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL R E S U E L V E: DECLARAR INOFICIOSO el estudio del Recurso de queja por retardo de Justicia interpuesto por el Aboga do Javier Antonio Prieto Nunes, contra el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sal a de la Circunscripción Judicial Central. ANOTAR y registrar. Ante mí: Dr. Eugenio Jiménez R. Ministro Pierina Ozuna Wood Actuaria Secretaria Judicial II - CSJ. Alberto Martinez Simon Ministro César Ambrosio Garay
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