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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 47/21 EXPTE: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA INTERPUESTO POR EL ABOG. OSVALDO M. RAMÍREZ VALDEZ EN LOS AUTOS: GILBERTO CARO MÉNDEZ C/ RAÚL C. VALLEJOS G. S/ JUICIO EJECUTIVO". A. I. N° 969 Asunción, 15 de septiembre del 2.021. El Recurso de queja por retardo de Justicia interpuesto por el Abogado Osvaldo Milciades Ramírez, ob rante a fs.4, con demás constancias, y; CONSIDERANDO: Que, el Abogado Osvaldo Milciades Ramírez, interpuso Recurso de queja por retardo de Justicia, en lo s términos del escrito obrante a fs.4 de autos. Manifestó que han transcurrido en exceso los plazos procesales como para dictarse Resolución en dicho Juicio, habiendo el mismo urgido sin que hasta la fecha se haya dictado Resolución alguna. Ante la interposición del mencionado Recurso se dictó la Providencia de fecha 21 de Junio del 2.021, por la cual se ordenó oficiar al Tribunal de Apelación en Civil y Comercial, Primera Sala de la Cir cunscripción Judicial Central, a fin de que informe la situación procesal en que se encuentra el Exp ediente caratulado: "GILBERTO CARO MÉNDEZ C/ RAÚL C. VALLEJOS G. S/ JUICIO EJECUTIVO". El Tribunal elevó el informe correspondiente y manifestó que ha dictado el Auto Interlocutorio N° 47 8, con fecha 17 de Junio del 2.021, en el que resolvió lo incoado por el aquí quejoso. En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de queja por re tardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del Exped iente, por lo que carece de objeto la tramitación del mismo.
POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL R E S U E L V E: DECLARAR INOFICIOSO el estudio del Recurso de queja por retardo de Justicia interpuesto por el Aboga do Osvaldo Milciades Ramírez, contra el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial Primera Sala d e la Circunscripción Judicial Central. ANOTAR y registrar. Ante mí Dr. Eugenio Jiménez R. Ministro Pierina Ozuna Wood Actuaria Secretaría Judicial II - CSJ. Alberto Martínez Simón Ministro César Antonio Garza
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