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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "COMPULSAS DEL EXP. GREGORIO PACHINIK C/ SUCESORES DE GLICERIO MARTINEZ S/ RECONOCIMIENT O DE FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL". A.I. No............ 54+ Asunción, O3 de junio del 2.021.- Y VESTOS: El pedido formulado a f. 200 por el Abogado Mario Fernan do García Sarquis, y; CONSIDERANDO: Que el citado Profesional del Foro solicitó a esta máxima Instancia Judicial de la República el deca imiento del Derecho a la adversa por no haber contestado el traslado del escrito de expresión de agr avios dentro del plazo que tenía para hacerlo. De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial de f. 201, se advierten que el Abogado Oscar Brítez Coronel, fue notificado de la Providencia de fecha 12 de Abril del 2.021, conf orme Cédula de Notificación del 14 de Abril del 2.021 obrante a f. 199. En el Expediente no existe c onstancia que el mismo se haya presentado a contestar el traslado corridole, habiendo vencido el pla zo procesal que tenía para hacerlo, conforme a la legislación aplicable al caso. Corresponde, pues, dar por decaído el Derecho que ha dejado de usar el Abogado Oscar Britez Coronel, para contestar el traslado de la fundamentación de los Recursos que le fuera corrido. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DAR POR DECAÍDO el Derecho que ha dejado de usar el Abogado Oscar Brítez Coronel para contestar el t raslado que le fuera corrido. AUTOS para Sentencia. ANOTAR, registrar y notificar. <signature>Dr. Eugenio Jiménez R.</signature> Ministro Ante mí: <signature>Luis Antonio García</signature> Abg. Pierina Ozuna Wood Secretaria Judicial II Alberto Martínez Simón Ministro
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