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CORTE SUPREMA DEJUSTICIA JUICIO: "INFORME DE RECUSACIÓN DE LOS MAG. STELLA MARIS ZÁRATE Y CARLOS ESCOBAR EN "RECUSACIÓN EN EL EXPTE. RHP DEL ABOG. IGNACIO PANE EN: TAURINA SUSANA CABAÑAS S/ SUCESIÓN". A.I. Nº 480 Asunción, 26 de mayo del 2.021.- 2 ED 20214 VISIOS: Las recusaciones con expresiones de causas Roque teadas por el Abogado Ignacio Pane, en Causa propia, sPonfia Carlos Escobar Espínola y Stella Maris Zárate, Miembros del Tribunal de Apelación en 10 Civil, Comercial y. Laboral, Primera Sala, de la Circunscripción Judicial Central, y; CONSIDERANDO: El recurrente planteó recusación con expresión de causa contra los Magistrados Carlos Escobar Espínola Y Stella Maris Zárate, Miembros del Tribunal de Apelación en 1o Civil, Comercial y Laboral, Primera Sala, de la Circunscripción Judicial Central, y alegó que ha perdido la confianza en los mismos, a raíz de la excesiva dilación de las actuaciones dentro del proceso, que impiden el dictado de la regulación de sus honorarios profesionales, desde hace seis años. Solicitó además que los recusados se aparten de estos autos, así como de todos los juicios en donde el profesional intervenga (fs. 1/2). PODER SUDICIA A f. 3 obra el informe de rigor elevado por los recusados, a través del cual manifestaron que desde el momento en que han asumido sus funciones ante el Tribunal en cuestión - en marzo del año 2.020-, han cumplido con ORTE SI SECRETARIA los procedimientos legales establecidos para el efecto, y Us- además resaltaron que el recurrente no ha invor cado causal alguna prevista en el Artículo 20, del Código cocesal Civil para fundamentar su recusación. De la lectura del escrito presentado por el Abg. rina Ozuna Wood Secretaria Judicie! II recusante, se advierte que el mismo no mencionó ninguna de las causales previstas en el Artículo 20, del Código livil, simplemente se limitó _ disconformidad con la excesiva dilacio ,expresar dentro su del Alberto Martinez Simor Nomistro Coan Ahnie Garay
expediente, lo que le generó pérdida de confianza en los recusados.- Al respecto, cabe recordar que la recusación tiene por objeto separar al Juez natural de la causa; por ende, ella debe ser utilizada siempre en forma restrictiva. Sólo en casos de concurrir motivos graves, razonables y atendibles que hagan presumir verosímilmente que los Magistrados no actuaran con ecuanimidad, independencia e imparcialidad, ella resultara procedente; extremos que no se observan en el caso de autos. . Igualmente, el recurrente manifestó su inquietud con respecto a las actuaciones llevadas a cabo por el Tribunal en cuestión, cuyas decisiones le han generado pérdida de confianza en la imparcialidad de SUS Miembros. Al respecto, debemos mencionar que la mera disconformidad de la Parte en relación con lo resuelto en el Fallo (disímil a sus pretensiones), tiene prevista la utilización de los medios de impugnación que la Ley establece y no precisamente la recusación. Asimismo, respecto de la alegada duda sobre la imparcialidad de los recusados y la pérdida de confianza, hay que decir que ellas no constituyen legítima causal prevista en la ley procesal ni en las demás leyes administrativas y organizativas para atribuir a un magistrado jurisdicción o competencia en una causa, por lo que deben igualmente desestimadas. En efecto, la situación subjetiva del litigante respecto del Juez, su simpatía o antipatía, la seguridad en su sapiencia o idoneidad o, en fin, el agrado • desagrado que cause sujeto completamente indiferente.- En consecuencia, corresponde desestimar la recusación con causa planteada por el Abogado Ignacio Pane, en causa propia, contra Carlos Escobar Espínola y Stella Maris
CORTE SUPREMA DEJUSTICIA JUICIO: "INFORME DE RECUSACIÓN DE LOS MAG. STELLA MARIS ZÁRATE Y CARLOS ESCOBAR EN "RECUSACIÓN EN EL EXPTE. RHP DEL ABOG. IGNACIO PANE EN: TAURINA SUSANA CABAÑAS S/ SUCESIÓN". RECIBIDO Miembros del Tribunal de Apelación en lo Civil, Central, y devolver estos autos al Tribunal de conforme con el Artículo 33, del Código Procesal origen, Civil. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DESESTIMAR las recusaciones con expresiones de en Causa causas planteadas por el Abogado Ignacio Pane, propia, contra Carlos Escobar Espínola y Stella Maris Zárate, Miembros del Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral, Primera Sala, de la Circunscripción Judicial Central, de gonformidad con el "Considerando" de la Resolución estos autos al Tribunal de repistrat y notificar.. rigen. Albert Vertinez Si Ministro Con Antinis Garay Ante mí: -CORTES Abg. Plerina Oroee Wesd Secretaria oedoss 2
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