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CORTE SUPREMA DEJUSTICIA JUICIO: "ERMELINDA ROMÁN GONZÁLEZ C/ SALUSTIANO ANTONIO CANDIA GALEANO S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS".— A.I. Nº_ 245 REOBIDO Asunción, 26 de marzo del 2.021.- SiR. ViSTOs: Estos autos; y, CONSIDERANDO: Por Auto/Interlocutorio N 169 del 10 de Marzo del 2.020, el Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral, Primera Sala, de la Circunscripción Judicial Central, resolvió conceder el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Rodolfo A. Berendsen Wentzensen, contra el Acuerdo y Sentencia N° 307 del 23 de Octubre del 2.019. . De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial se advierten que en fecha 10 de Diciembre del 2.020 se dictó la Providencia "Autos". El Abogado Rodolfo A. Berendsen Wentzensen fue notificado de dicho Proveído en fecha 19 de Enero del 2.021 conforme Cédula de notificación obrante a fs. 267, habiéndose presentado el citado Profesional a fundar su Recurso el 16 de Febrero del 2.021, estando vencido el plazo para hacerlo. Corresponde, pues, declarar desierto el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Rodolfo A. Berendsen Wentzensen, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 437 del Código Procesal Civil e imponer las costas al apelante. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR DESIERTO el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Rodolfo A. Berendsen Wentzensen, contra el Acuerdo y Sentencia N° 307 del 23 de Octubre del 2.019, dictado por Tribunal de Apelación en 1o Civil, Comercial Y Laboral, Primera Sala, de la Circunscripción Judicial Central. IMPONER costas al apelante. - ANDIAR, registrar y notificar.- D. Eugenio Jimenez R. Albe rto Martinez Simo Ministro Ministro Ante mí: E Cesor Antut in Porazo Pierina Ozuna Wood Actuaria Secretaria Judicial II - C.S.J.
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