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CORTE SUPREMA EUSTICIA EXPEDIENTE: "AMANCIO MALLORQUIN BOGADO C/ CAROLINA SILVERA BURGOS REIVINDICACION DE INMUEBLE". S/ RECIE DO 26 MAL Lic. Yanise Colmän SPP.E A.I. Nº 2.39 Asunción, 25 de marzo del 2.021.- Y VISTOS: Los escritos presentados por el Abogado Milciades Centurión Ayala (fs. 659/62 y 673/5), las demás constancias y; CONSIDER ANDO: que el citado Profesional del Foro presentó recusación "sin expresión de causa" contra el Pleno de la Sala Civil y Comercial de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia. En consecuencia, se procedió a la integración de la Sala para el estudio del mencionado incidente de recusación, siendo recurrida ésta a través de Recurso de Reposición obrante a fs.673/5. Si bien el Código Ritual preveía la recusación "sin expresión de causa" una sola vez en cada Juicio, contra los señores Ministros de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, pese a hallarse proscripta desde la Carta Política de 1940 en nuestro país, la Ley N° 609/95 que "Organiza la Corte Suprema de Justicia", derogó tan inicua recusación "sin causa". En efecto, en su Artículo 3° dispone: "Son deberes y atribuciones de la Corte Suprema de Justicia, en pleno:... g) Conocer y decidir en la recusación con causa, excusación e impugnación de excusación de sus ministros, cuando éstos actúen en pleno. Toda excusación deberá ser fundada. En ningún caso se admitirá la recusación sin expresión de causa..." Por consiguiente, corresponde declarar inadmisible la recusación "sin expresión de causa" deducida por el Abogado Milciades Centurión Ayala, por notoriamente improcedente e improponible.- Así también, por lo expuesto y por lógica consecuencia, la integración de la Sala para resolver el presente incidente se ajusta a Derecho, por lo que corresponde rechazar el Recurso de Reposición interpuesto.- Por tanto, fundada en las motivaciones precedentes, la Excelentísima; ・・・//...
・・・//... CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR INADMISIBLE la recusación "sin expresión de causa" deducida por el Abogado Milciades Centurión contra el Pleno de la Sala Civil y Comercial de la Excma. Corte Suprema de Justicia, por notoriamente improcedente e improponible.- RECHAZAR el Recurso de Reposición interpuesto por el Abogado Milciades Centurión, que obra a f. 673/5, conforme a lo expuesto en el exordio ANOTAR, registrar y nottficar Alberto Martinez Simon Ministre n Dr. Manuel Dejesús Ramirez Candi: MINİSTRO JUD Ante mí: Tha Ôtina Achuaria Secretaria Judicial 11- CSJ Sobeescito 2021 Vote few Pierina Ôzuna Wood Actuaria Secretaria Juaicial II CSJ. PO * CORTE SECRETAREA COCT
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