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CORTE SUPREMA DE USTICIA JUICIO: "ADRYELLE FABIOLA MARTINEZ PAVAO S/ RENUNCIA A LA NACIONALIDAD PARAGUAYA" N° 262, RECIBIP LL1 24 FE3 Comán Lic. Yanise S.P.D. E Folio: 18, Año: 2018.- A.I. Nº 134 Asunción 22 de febero del 2021 I VISTOS: Adryelle Fabiola Patrocinio de Abogado, escrito de desistimiento Martínez Pavao, por Derecho obrante a fs. 29, yi presentado por Propio y Bajo CONSIDERANDO: En fecha 6 de Diciembre del 2.018, Adryelle Fabiola Martínez Pavao, por Derecho Propio y bajo Patrocinio de Abogado, presentó ante esta Máxima Instancia el desistimiento del pedido de Renuncia a la Nacionalidad Paraguaya.— El Articulo 165 del Código Procesal Civil establece: "Puede desistirse de la acción o de la instancia. Toda expresión de desistimiento debe formularse especificando concretamente su contenido". Siendo el desistimiento un arbitrio de orden procesal de l cual pueden hacer uso las Partes en cualquier estadio del Juicio, corresponde tener por desistido del pedido de Renuncia la Nacionalidad Paraguaya a Adryelle Fabiola Martínez Pavao.- Por tanto, fundado en la consideraciones precedentes, la Excelentísima;- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESU VE: TENER POR DESISTIDA pedido Agos de Ren a la Nacionalidad lle Fabiola Martínez Pavao del Paraguaya presentado el de del 2 ORDENAR itución de (Los ocumen acompañados pedido de Re ANOTAR istrar. DICIA اسول Pierina Ozana Wa lod (c.S.١٠ Dr. Luis María Benítez Riera Ministro Alberto Martinez Simon Ministro Dr. Eugenio Jimenez RariA Ministro Ant Datai tarer ca Modea, Ministra DE JUSTICIE Manuel Dejesus Ramirez Candia MINISTRO Dr. CÉSAR MANUEL DIESEL JUNGHANNS Ministro Ministra) Sobrescrito: 2021. Vole
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