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CORTE JUPREMA I VISTOS: E1 Naturalización para constancias, y; EXPEDIENTE: "SILVIA JOSEFINA AYALA LEON S/ CARTA DE NATURALIZACIÓN", N° 612, AÑO 2.016, FOLIO 64vlto. A. I. Nº 109 sincion. 22 de febrero del 2.021.- Expediente formado por solicitud de Carta de Silvia Josefina Ayala León, las demás CONSIDERANDO: A fojas 23/24, Silvia Josefina Ayala León, por Derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, se presentó ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia y solicitó obtener la nacionalidad paraguaya por naturalización, acompañando los recaudos exigidos en los Artículos 37 y 40 de la Acordada N° 464 del 26 de Junio del 2.007 y los Artículos 148 y 154 de la Constitución Nacional. La recurrente ha probado que es mayor de edad, habiendo nacido en Perú, de estado civil soltera, de profesión Médica, domiciliada en la calle Juana Pabla Carillo N° 640 de la Ciudad de Asunción, con Carnet de Admisión Permanente Número 104.256 (fs. 8) y Cédula de Identidad Paraguaya Número 6.756.745 (fs. 16). Acreditó su residencia en el país de forma permanente y continuada desde el año 2.010, como se constata en el Certificado de Radicación emitido" por la Dirección General de Migraciones (fs. 9), Y en el Acta de Constitución remitida por el Juzgado de Paz de Santísima Trinidad del Segundo Turno, obrante a fs. 57. Asimismo, demostró su buena conducta con los Antecedentes Policiales expedidos por la Policía Nacional a través de su Departamento de Identificaciones (fs. 41), con el Certificado de la Oficina de Antecedentes Penales del Poder Judicial, donde se verifica que no registra procesos penales (fs. 30) y con el informe expedido por INTERPOL obrante fs. 52, en igual sentido. A fs. 26/28 de Autos se comprueba que la peticionante aprobó el Examen de rigor previsto en el Art. 46 de Acordada Número 464 de fecha 26 de Junio del 2007. A fs. 67/68 rola el Dictamen Fiscal N° 271 del 6 de Noviembre del 2.019, donde la Fiscal Adjunta Abogada Patricia Rivarola, consideró que hallándose reunidos los requisitos exigidos en..//...
.//la Constitución Nacional y la Acordada N° 464/2007, corresponde que la Excelentísima Corte Suprema de Justicia otorgue la nacionalidad paraguaya por naturalización a Silvia Josefina Ayala León. . Habiendo cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 148 de la Constitución Nacional, corresponde otorgar a la solicitante la Nacionalidad Paraguaya por Naturalización. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESU EL VE: DECLARAR que Silvia Josefina Ayala León es de Nacionalidad Paraguaya por Naturalización a partik de la fecha. OTORGAR La correspondiente Carta de Naturalización, previo juramento de rigo COMUNICAR esta Resol yoder Ejecutivo y a las demás toridades que sea menestep ANOTAR registrar y not De Eusenio Jiménez R Ministro Ante mi Dr. Lula Maria Benitez Räserd Martinez Simon Minjstro Ministro Dr ghot Cto cro ge Miaica Ministra lation Seron Dr. Manuel Dejesús Ramirez Candia MINISTRO Ulla Llanes 0 Inist Dr. CÉSAR MANUEL DIESEL JUNGHANNS - Cuan Anterio Garay NIO FRETES MINISTRO SECRE CORTE Sobeescito: 2021. Vate Reu
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