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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR APEL. DENEG. INTERP. POR EL ABG. MARCIANO LOBO EN REPRESENTACIÓN TRANSWAY S.A. EN: BIOTEC DEL PY. SRL C/ TRANSWAY SA S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR RESP. CONTRACTUAL". A.I. Nº 85 Asunción, 19 de febreru del 2.021.- 1021 9 López VISTOS: El Recurso de queja por apelación denegada ete esdesto por e1 Abogado Marciano Daniel Lobo Corbeta, contra Auto Interlocutorio N° 690, del 24 de Diciembre del 2.020, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Quinta Sala, las demás constancias, y; CONSIDERANDO: Por la referida Resolución el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Quinta Sala, denegó los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por el Abogado Marciano Lobo Corbeta contra el Auto Interlocutorio Nº 441, del 14 de Octubre del 2.020, que resolvió: "1. DESESTIMAR el recurso de nulidad interpuesto. 2. REVOCAR el A.I. N° 1050 de fecha 04 de abril de 2018 y, en consecuencia, NO HACER LUGAR a la excepción de incompetencia del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Tercer Turno. 3. IMPONER las costas a la perdidosa. 4. ANOTAR...". El Artículo 396 del Código Procesal Civil dispone: "El plazo para apelar será de cinco días para la sentencia definitiva y de tres días para las otras resoluciones".- De las constancias de autos se advierte que el Auto Interlocutorio N° 441, del 14 de Octubre del 2.020 fue notificado en forma automática el jueves 15 de Octubre del 2.020, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 131 del Código de Forma. El recurrente interpuso Recursos de Apelación y Nulidad contra la citada resolución recién en fecha 2 de Diciembre del 2.020 cuando el plazo para hacerlo ya se encontraba vencido, conforme al artículo transcripto más arriba. En consecuencia, corresponde no hacer lugar al Recurso de queja por apelación denegada interpuesto.
・・・//... or tanto, fundada en las motivaciones precedentes, Excelentísima; la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: NO HACER LUGAR al Recurso de queja por apelación denegada interpuesto por el Abogado Marciano Daniel Lobo Corbeta, contra el Auto Interlocutorio N° 690, del 24 de Diciembre del 2.020, dictado por el Tribunal de Apelación en 1o Civil y Çomercial, Quinta Sala. REMITIR estos hubiere lugar en Derecho. OTAR, registrar Alberta Martinez Simon linistro Dr. Eugenio Jiménez R. Ministro Jeaney Caver Andlrio Garay Ante mí: Abg. Pierina Ozana Wood Secretaria Judicial - C.S.J. CORTE SUPREMA
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