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( CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "MIGUEL ANGEL CARDOZO ORTIZ C/ SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL (SENACSA) S/ COBRO DE GUARANÍES" A. I. No 879. Asunción, 17 de agosto del 2.021.- ESTADISTICA CIVIL 11 *5-2021 VISTOS: LOS Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos/por Miguel Ángel Cardozo Ortiz contra el Acuerdo Sente No 24 conifecha 18 Junio del 2.019 dictado por el Triba de Apelación en 1o Civil, Comercial y Laboral de la Circunscripción Judicial San Pedro, las constancias de autos y el informe de la Actuaria, y. CONSIDERANDO: De. las constancias del Juicio y del Informe de la Secretaria Judicial (fs:259) se advierten que la última actuación procesal del cual existe constancia en el Expediente, resulta ser la providencia "Autos" con fecha 9 de Julio del 2.020, sin embargo en autos no consta de que el Apelante se haya presentado a fundar los recursos interpuestos, habiendo transcurrido el plazo establecido en el artículo 172 del Código Procesal Civil, para que opere la Caducidad de Instancia.- El Artículo 175 del Código Procesal Civil establece: '..La Caducidad será declarada de oficio o a petición de parte por el Juez o Tribunal..." Corresponde, pues, declarar operada la Caducidad de Instancia Recursiva, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 172 del Código Procesal Civil e imponer las Costas al apelante, conforme lo dispone el Artículo 200 del citado Código de Forma.
Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR OPERADA LA CADUCIDAD DE INSTANCIA RECURSIVA en este Juicio por haber transcurrido el término pxescripto en el Artículo 172 del Código Procesal Civil.- IMPONER Costas al apelante.- REMITIR est Juidio al hubiere lugar en Derecho.- fegistrar y notificar. Tribunal de origen para lo que _L . Alberto Martinez Simun Ministro e 8 Garang CORTE SECRETARIA D Pierina Ozuna Wood Actuaria Secretarla Judicial II - C.S.J.
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