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DEL CORTE SUPREMA EXPEDIENTE: "RAMON BENEDICȚO MACEO DE USTICIA SANCHEZ S/ CARTA DE NATURALIZACIÓN", RECIBIDO N° 901, AÑO 2.019, FOLIO B1VIto. 22 JUL 2021 A.I. Nº812 Mirtha E. Machado 22 de julio del 2.024.- E1 Expediente formado por solicitud de Carta de para Ramón Benedicto Maceo Sánchez, las demás I VISTOS: Naturalización constancias, y; CONSIDERANDO: A fojas 42, Ramón Benedicto Maceo Sánchez, por . Derecho propio y bajo patrocinio• de Abogada, se presentó ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia y solicitó obțener la nacionalidad paraguaya por naturalización, acompañando los recaudos exigidos en los Artículos 37 y 40 de la Acordada N° 464 de fecha 26 de Junio del 2.007 y los Artículos 148 y 154 de la Constitución. El recurrente ha probado que es mayor de edad, habiendo nacido en la República Dominicana, de estado civil soltero, :se desempeña como Consultor Internacional de la UNICEF, domiciliado en la calle Ciudad de Chivas de Asunción, con Carnet de Admisión Permanente Número 00172468 (fs. 15) y Cédula de Identidad Paraguaya Número 7.469.626 (fs. 22).- Acreditó șu residencia en el país de forma permanente continuada desde el año 2.013, côno" se constata en el certificado de Radicación, : emitido por • la Dirección General de Migraciones (fs. 16), y en él Acta de Constitución remitida por el Juzgado de Paz de la Recoleta, obrante a fs. 66. Asimismo, demostró su buena conducta con los Antecedentes Policiales expedidos por la Policía. Nacional a través de su Departamento de Identificaciones (fs. 63/64), con el Certificado de la Oficina de Antecedentes Penales del Poder Judicial, donde se verifica que no registra procesos penales (fs. 48) y con el informe expedido por INTERPOL obrante a fs. 68, en igual sentido. A fs. 44/46 de Autos se comprueba que el peticionante el Examen de rigor previsto en el Art. 46 de la Acordada aprobó Número 464 de fecha 26 de Junio del 2007.- A fs. 183/184 rola el Dictamen Fiscal N° 85 de fecha 28 de Agosto del 2.020, donde la Fiscal Adjunta Abogada Patricia Rivarola, consideró que hallándose reúnidos los requistos..//... Alberfo Martinez Simon Ministro
.//exigidos en la Constitución Y la Acordada :N° 464/2007, corresponde que la Excelentísima Corte Suprema : de Justicia otorgue la nacionalidad paraguaya por naturalización a Ramón Benedicto Maceo Sánchez. Habiendo cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 148 de la Constitución, corresponde otorgar al solicitante la Nacionalidad Paraguaya por Naturalización. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RE SUELVE: DECLARAR que Ramón : Benedicto Maceo Sánchez es de Nacionalidad Paraguaya por Naturalización a partir de la fecha. OTORGAR la correspondiente Carta de Naturalización, previo aramento gor. COMUNI esta Resolución al Poder Ejecutivo y a las demás autoridades ( que sea menester ANOTAR ¡ registrar y notificar Dr. Luis/Matiz/Benítez Riera Ministro Ante mí: Dr. Manuel Dejesús Ramírez Candia MINISTRO Alberto Martinez Simon Minaro Maul Prof. Dra. Ma. Carolina Llanes O. Ministra Dr Eugenio Jiménez R. / Ministro Ministra Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. ANTONIO FRETES MI*: Abg. Picrina Ozuna Webd CON SECPLARIA JUSTICIA DREMA
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