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leu RUBLICA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "INCIDENTE DE RECUSACIÓN SIN EXPRESIÓN DE CAUSA PROM. POR EL ABOG. ALFREDO WAGENER CONTRA LA MAGISTRADA VALENTINA NÚÑEZ GONZÁLEZ RECIENTO 14 JUL /2021 Lic Yerise Can SPDE EN LOS AUTOS: R.H.P. DE LA ABOG. JENI AGUSTINA GÓMEZ EN: HUGO ALEJANDRO GALEANO C/ INDERT S/ FIJACIÓN JUDICIAL DE PRECIO". . A.I. Nº. 760. Asunción, 12 de Julio del 2.021.- VISTOS: La recusación "sin expresión de causa" deducida por el Abogado Alfredo Wagener, en representación de la Parte actora Hugo Alejandro Galeano, contra la Conjueza Valentina Núñez González, integrante del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala, Yi CON SIDERAN DO: La Parte recusante en el escrito presentado en fecha 22 de Abril del 2.021, obrante a fs. 11/19, presentó recusación "sin expresión de causa" contra la Conjueza Valentina Núñez González, integrante del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala. La recusada -con sujeción a lo previsto en el Artículo 31, del Código Procesal Civil- elevó informe de rigor obrante a fs. 20. Refirió que la recusación "sin expresión de causa" fue planteada de manera extemporánea, por ello solicitó su rechazo. El Artículo 24, del Código Procesal Civil, reza: "El actor o demandado, podrá recusar sin expresión de causa una sola vez en cada juicio a un Juez de Primera Instancia, de 1a Tribunales de Apelación y de la Corte Suprema de • NI P Justicia (...)".- El Código Procesal Civil, al regular la tramitación y oportunidad de la recusación "sin expresión de causa" dispone en el Artículo 25 in fine que: "(..) Esta facultad ser ejercida en las oportunidades previstas en los judici dos primeros párrafos del artículo 27".- EI Art iculo 27 a /su vez explicita: "El actor deberá ejercer facultad de recusar al entablar la .. Suerio Ni tinez Simon Ministra A. Eugenio Jiménez R Ministro Cesur Anterio Garay
•••/Il... demanda o en su primera presentación; y el demandado, en su primera presentación, antes o al tiempo de contestarla, o de oponer excepciones en el juicio ejecutivo, o de comparecer a la audiencia señalada como primer acto procesal. Los jueces de la Corte Suprema y de los Tribunales de Apelación, únicamente podrán ser recusados dentro de tercero día desde la notificación de la primera providencia que se dicte (...)".-. De las normas ut supra transcriptas y las constancias de autos, resulta atendible lo manifestado por la recusada, debido a que por Providencia con fecha 24 de Febrero del 2.021 (fs. 1) fue ordenado el traslado de la fundamentación de los Recursos interpuestos. Posteriormente el Expediente fue remitido al Juzgado de Primera Instancia a los efectos de expedirse sobre la concesión de Recursos. Una vez devueltos los autos al Ad-quem, Providencia con fecha 9 de Abril del 2.021, el Abogado Alfredo Wagener, retira el Expediente a los efectos de contestar el traslado en fecha 15 de Abril del 2.021. En fecha 22 de Abril del 2.021 agrega el escrito de contestación del traslado y recusa "sin expresión de causa". Por tanto, no ha sido ejercido en tiempo y forma el Derecho de recusación establecido por la norma procesal, habiendo fenecido dicho plazo el 21 de Abril del 2.021, a las 09:00 horas, teniendo en cuenta el Artículo 150 del Código Procesal Civil.- En virtud ello, debió el peticionante incoar recusación "sin expresión de causa" dentro de los tres días de haber quedado firme la primera Providencia, o Resolución firmada por la Conjueza recusada, por ende, la recusación deviene notoriamente extemporánea. En estas condiciones, corresponde rechazar la recusación "sin expresión de causa" deducida por el Abogado Alfredo Wagener, en representación de la Parte actora Hugo Alejandro Galeano, . contra la Conjueza Valentina Núñez González, integrante del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala, por extemporánea, debiéndose devolver los autos al Tribunal de origen conforme al Artículo 33 del Código Procesal Civil. ・・・///...
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RECIDO T4lJBL 2021 Lic Yarda Colmin S.P.D.E. JUICIO: "INCIDENTE DE RECUSACIÓN SIN EXPRESIÓN DE CAUSA PROM. POR EL ABOG. ALFREDO WAGENER CONTRA LA MAGISTRADA VALENTINA NÚÑEZ GONZÁLEZ EN LOS AUTOS: R.H.P. DE LA ABOG. JENI AGUSTINA GÓMEZ EN: HUGO ALEJANDRO GALEANO C/ INDERT S/ FIJACIÓN JUDICIAL DE PRECIO". - II- Por tanto, la Excelentísima;- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: RECHAZAR la recusación "sin expresión de causa" deducida por el Abogado Alfredo Wagener, en representación de la Parte actora Hugo Alejandro Galeano, contra Conjueza Valentina Núñez González, integrante del/ Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala, de conformidad al exordio de /la Resolución. DEVØLVER 1os autos al Tribunal de origen. ANOTAR, nptiticar y registrar. Alderto Martinez Simon Ministro Dr. Eugenio Jiménez R Ministro Can Stron Garay Ante mí: • ICIAL Abg. Pierina Ozuna V/cod Secretaria Judicial 1i SECRETARIA CORTE JUSTICIA pos SUPREMAT
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