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CORTE SUPREMA DE USTICIA RECIBIDO 24 FEB 20 Lic. Yanistsu Y VISTOS: Naturalización para EXPEDIENTE: "SILVIA ZBAR S/ CARTA DE NATURALIZACIÓN", N° 862, AÑO 2.019, FOLIO 78vlto. A.I. Nº 106 22 de febrero del 2.021.- Expediente formado por solicitud de Carta de Silvia Zbar, las demás constancias, y; CONSIDERANDO: A fojas 29/31, Silvia Zbar, por Derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, se presentó ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia y solicitó obtener la nacionalidad paraguaya por naturalización, acompañando los recaudos exigidos en los Artículos 37 y 40 de la Acordada N° 464 del 26 de Junio del 2.007 y los Artículos 148 y 154 de la Constitución Nacional. La recurrente ha probado que es mayor de edad, habiendo nacido en la República Argentina, de estado civil casada, jubilada, domiciliada en la calle Díaz de León N° 2.479 de la Ciudad de Asunción, con Carnet de Admisión Permanente Número 00189423 (fs. 10) y Cédula de Identidad Paraguaya Número 8.033.228 (Es. 18).- Acreditó su residencia en el país de forma permanente y continuada desde el año 2.016, como se constata el Certificado de Radicación emitido por la Dirección General de Migraciones (fs. 11), y en el Acta de Constitución remitida por el Juzgado de Paz de Villa Morra, obrante a fs. 55. Asimismo, demostró buena conducta con los Antecedentes Policiales expedidos por la Policía Nacional a través de su Departamento de Identificaciones (fs. 50), con el Certificado de la Oficina de Antecedentes Penales del Poder Judicial, donde se verifica que no registra procesos penales (fs. 40) y con el informe expedido por INTERPOL obrante a fs. 48, en igual sentido. A fs. 33/34 de Autos se comprueba que la peticionante aprobó el Examen de rigor previsto en el Art. 46 de la Acordada Número 464 de fecha 26 de Junio del 2007. A fs. 57/58 rola el Dictamen Fiscal N° 280 del 7 de Noviembre del 2.019, donde la Fiscali,Adjunta Abogada Patricia Rivarola, consideró que hallándose reunidos 105 requisitos exigidos en Constitución Nacional y la Acordada N°, 464/8 9, corresponde la Excelentísima Corte *suprema de Jasticia otorgue lla nacionalidad paraguaya por naturalización a Silvia poar SUPRERA DT. Eugenio Jimenez R Ministro
Habiendo cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 148 de la Constitución Nacional, corresponde otorgar a la solicitante la Nacionalidad Paraguaya por Naturalización. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESUELVE: DECLARAR que Silvia Zbar es de Nacionalidad Paraguaya por Naturalización a partir de la fecha. OTORGAR 1a correspondienc Carta de Naturalización, previo juramento de rigor. COMUNICAR spa Reso al Poder Ejecutivo y a las demás utoridades sea menę: ANOTAR Dr. eng seria Botes pidier.- Mintetro Eugenio Jiménez Ministro Ant Alberto Martinez Simon Ministro Dr. Manuel Dejesús Ramírez Candia bia locor MINISTRO Ministra Cescer Antone gasa Prof. Dra-Ma. Carolina Llanes O. Ministra Dr. CÉSAR MANUEL DIÉSEL JUNGHANNS Ministro FRETES ODER 10 Sobrescio: 2021 vole lew Pierina Ozuna Wood Secretaria judicial 11 - C.S.]. SECHETARIA CORTE SUPR
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