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EL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RECIBID 24 FEB 高。 Y VISTOS: Naturalización constancias, EXPEDIENTE: "NORMA ESTELA HERCOLANO S/ CARTA DE NATURALIZACIÓN", N° 669, AÑO 2016, FOLIO 67VLTO. A.I. NE 102 Asunción, 22 de febrero del 2.021.- El Expediente formado por solicitud de Carta de para Norma Estela Hercolano, las demás CONSIDERANDO: A fojas 77/78, Norma Estela Hercolano, por Derecho propio, se presentó ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia y solicitó obtener la nacionalidad paraguaya por naturalización, acompañando los recaudos exigidos en los Artículos 37 y 40 de la Acordada N° 464, de fecha 26 de Junio del 2007 y los Artículos 148 y 154 de la Constitución. La recurrente ha probado que es mayor de edad, habiendo nacido en la República Argentina, de estado civil casada, se desempeña como Directora Académica de la Sede Comunitaria de Encarnación de la Universidad del Norte (fs. 49/50), domiciliada en la calle Padre Kreusser N° 268 de la Ciudad de Encarnación, con Carnet de Admisión Permanente Número 00208754 (fs. 111) y Cédula de Identidad Paraguaya Número 6.026.024 (fs. 18).- Acreditó su residencia en el país de forma permanente y continuada desde el año 2.018, como se constata en la Resolución N° 4.273 de fecha 21 de Mayo del 2.018, emitida por la Dirección General de Migraciones (fs. 115), Y en el Acta de Constitución remitida por el Juzgado de Paz de Encarnación, obrante a fs. 109. Asimismo, demostró su buena conducta con los Antecedentes Policiales expedidos por la Policía Nacional a través de su Departamento de Identificaciones (fs. 97/100), con el Certificado de la Oficina de Antecedentes Penales del Poder Judicial, donde se verifica que no registra procesos penales (fs. 84) y con el informe expedido por INTERPOL obrante a fs. 90, en igual sentido. A fs. 80/82 de Autos se comprueba que la peticionante aprobó Examen de rigor previsto en el Art. 46 de la Acordada Número 464 de fecha 26 de Junio del 2007.-. A fs. 126/127 rola el Dictamen Fiscal Nº 68 de fecha 19 de Marzo del 2.019, donde la Fiscal Adjunta Abogada Patricia...//...
...//.Rivarola, consideró que hallándose reunidos los requisitos exigidos en la Constitución y la Acordada N° 464/2007, corresponde que la Excelentísima Corte Suprema de Justicia otorgue la nacionalidad paraguaya por naturalización a Norma Estela Hercolano. Habiendo cumplido los requisitos 148 de la Constitución, corresponde otorgar exigidos por el Artículo la solicitante la a Nacionalidad Paraguaya por Naturalización.- POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESU EL VE: DECLARAR que Norma Estela Hercolano Paraguaya por Naturalización a partir de la fecha. OTORGAR la correspondiente Carta de Naturaliza juramento de rigor COMUNICAR autoridades ANOTAR, Resolución al Poder Ejecutivo y menester. tar y notifi lear le de Nacionalidad previo las dema Dr./Luls María Benitez Rlerá Mintetro Susan Anteria Gha berto Maytinez Simon Ministro Dr. Manuel Delesús Ramirez Candia MINISTRO Ante mí: Лами Prof. Dra. Ma. Carolina Tanes O. Ministra Eugenio Jiménez R. Ministro Ministra 'esar M. Diesel Junghanr linistrot O218 Sobreseito: 2021. Vote lew . Woed :..C.S.J. DER SECRETARI CORTE
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