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DEL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "ADOLFO LEWIS MENA RODRIGUEZ S/ CARTA DE NATURALIZACIÓN", N° 590, AÑO 2.015, FOLIO 63. - RECIBID 24 FEB 021 A.I. Nº 100 Uc Yanise Colmán SPAsunción, 22 de febrero del 2.021.- Y VISTOS: E1 Expediente formado por solicitud de Carta de Naturalización. para Adolfo Lewis Mena Rodríguez, las demás constancias, yi CONSIDERANDO: A fojas 69/70, Adolfo Lewis Mena Rodríguez, por Derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, se presentó ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia y solicitó obtener la nacionalidad paraguaya por naturalización, acompañando los recaudos exigidos en los Artículos 37 y 40 de la Acordada N° 464 de fecha 26 de Junio del 2.007 y los Artículos 148 y 154 de la Constitución Nacional. E1 recurrente ha probado que es mayor de edad, habiendo nacido en la República Dominicana, de estado civilicasado, de profesión Medico, domiciliado en la calle 14 de Mayo Nº"456 de la Ciudad de Pilar, con Carnet de Admisión Permanente Número 00152255 (fs. 6) y Cédula de Identidad Paraguaya Número 6.964.100 . (fs. 6). Acreditó su residencia en el país de forma permanente y cóntinuada desde el año 2.009, como se constata en la Resolución N° 2.670 del 6 de Setiembre del 2.011, emitida por la Dirección General de Migraciones (fs. 85), y en el Acta de Constitución remitida por el Juzgado de Paz de Pilar, obrante a fs. 107. Asimismo, demostró su, buena conducta con los Antecedentes Policiales expedidos por la Policía Nacional a través de su Departamento de Identificaciones (fs. 96), con el Certificado de la Oficina de Antecedentes Penales del Poder Judicial, donde se verifica que no registra procesos penales (fs. 80) y con el informe expedido por INTERPOL obrante a fs. 82, en igual sentido. A fs. 72/74 de Autos se comprueba que el peticionante aprobó el Examen de rigor previsto en el Art. 46 de la Acordada Número 464 de fecha 26 de Junio del 2007.—. A fs. 109/110 rola el Dictamen Fiscal N° 239 de fecha 25 de Septiembre del 2.019, donde la Fiscal Adjunta Abogada Patricia Rivarola, consideró que hallándose reunidos los requisitos..//...
..//.exigidos en la Constitución Nacional y la Acordada N° 464/2007, corresponde que la Excelentísima Corte Suprema de Justicia otorgue la nacionalidad paraguaya por naturalización Adolfo Lewis Mena Rodriguez. Habiendo cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 148 de la Constitución Nacional, corresponde otorgar al solicitante la Nacionalidad Paraguaya por Naturalización. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RE S U EL VE: DECLARAR que Adolfo Lewis Mena Rodríguez es de Nacionalidad Paraguaya por Naturalización a partir de la fecha. OTORGAR La correspondiente arta de Naturalizagión, previo juramento de rigor. COMUNICAR esta Resolución al Poder Eje demás utoridades que sea menester. / ANOTAR egistrar y notif car. Dr. Luis María Bèntez Ministro Dr. Eugenio Jiménez R Ministro Alberto Martinez/Simon Ministro Ante mí: Dr. Manuel Dejesús Ramírez Candia MINISTRO Dr. SESAR MANUEL DIESEL UNGHANES Minieto Coul Dra Ma. Carolina Llanes O. Ministra ANTONIO RETES Dray Abar Ministra 10 Pierina Sobreescrito: 2021. Vele bow. Pierina Ozuna Wood Actuaria Secretaria Judicial I1 - C.S.J. SECRETARIA CRICHA
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