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CORTE EXPEDIENTE: "JACOB JAN HENDRIK BOTHA SUPREMA S/ CARTA DE NATURALIZACIÓN", N° 167, DE JUSTICIA AÑO 2.012, FOLIO 35. RECIBIP 24 FEB 021 A. I. N 99 Lic. Yanise O Aman s.P.Desunción, 22 de febrero del 2.021.- Y VISTOS: E1 Expediente formado por solicitud de Carta de Naturalización para Jacob Jan Hendrik Botha, las demás constancias, y; CONSIDERANDO: A fojas 22/23 de Autos, Jacob Jan Hendrik Botha, se presentó por Derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia y solicitó obtener la nacionalidad paraguaya por naturalización, acompañando los recaudos exigidos en los Artículos 37 y 40 de la Acordada N° 464 de fecha 26 de Junio del 2007 y los Artículos 148 y 154 de la Constitución Nacional. El / recurrente ha probado que es mayor de edad, habiendo nacido en Sudáfrica, de estado civil divorciado, de profesión comerciante, domiciliado en la calle Henry Díaz N° 871 de la Ciudad de Asunción, con Carnet de Admisión Permanente Número 20.925 (fs. 10) y Cédula de Identidad Paraguaya Número 1.228.104 (fs. 104). Acreditó su residencia en el país de forma permanente y continuada desde el año 1.985, como se constata en el Certificado de Radicación emitido por la Dirección General de Migraciones (fs. 11), y en el Acta de Constitución remitida por el Juzgado de Paz de la Trinidad, obrante a fs. 101. 10 Asimismo, demostró su buena conducta (con los Antecedentes Policiales expedidos por la Policía Nacional a través de DICT Departamento de Identificaciones (fs. 87), con el Certificado de la Oficina de Antecedentes Penales del Poder Judicial, dondeSESRETARIA verifica que no registra procesos penales (fs. 65) informe expedido por INTERPOL obrante a fs. 89, en sentido. onal REND A fs. 36/38 de Autos se comprueba que el peticionante aprobó el Examen de rigor previsto en el Art. 46 de la Acordada Número 464 de fecha 26 de Junio del 2007. Cabe señalar, en cuanto a la tram expediente, que los recaudos ordenados por de fecha 02 de Agosto de 2012, recién ra. Glady tosteird a modic Ministr Lación del resente providencia de fs. 38 seron umpltdosl por e1 Eugenio Jiménez R Ministro Prof. Dra Ma. Carolina Llanes O.
recurrente con la agregación de los documentos pertinentes el 13 de Octubre de 2017, por lo que por providencia de fecha 30 de Octubre de 2017 se debió ordenar una actualización de los documentos originalmente acompañados (fs. 63).- Igualmente fS・ 91 obra el Dictamen N° 67 de fecha 11 de Abril de 2018, en el cual la Fiscal Adjunta Patricia Rivarola solicitó el cumplimiento de otras diligencias como ser la agregación de los antecedentes penales del país de origen; la acreditación de su actividad laboral y el Acta de constitución del Juzgado de Paz en el domicilio del peticionante de la Carta.- Reunidos todos los recaudos por parte del recurrente, el 25 de Febrero de 2019 se corrió nueva vista al Ministerio Público quien se expidió en su Dictamen Fiscal Nº 74 de fecha 19 de Marzo del 2.019 (fs. 121/122), donde la Fiscal Adjunta Abogada Patricia Rivarola, consideró que hallándose reunidos los requisitos exigidos en la Constitución Nacional y la Acordada N° 464/2007, corresponde que la Excelentísima Corte Suprema de Justicia otorgue la nacionalidad paraguaya por naturalización a Jacob Jan Hendrik Botha.- Habiendo cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 148 de la Constitución Nacional, corresponde otorgar al solicitante la Nacionalidad Paraguaya por Naturalización.- POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESUELVE: DECLARAR que Jacob Jan Hendrik Botha es de Nacionalidad Paraguaya por Naturalización a partir de la fecha.- OTORGAR la correspondiente Carta Naturalización, previo juramento de rigor COMUNICAR esta al Poder Eje ativo a las demás autoridade que sea ANOTAR, registra penib Jiménez R Ministro Ante mi Ministro Alberto Martinez Simon Ministro Anterio Dr. Manuel Dejesús Ramirez Candia MINISTRO DICIAL ONO-FRETES MIYISTRO linistr Dr. CÉSAR MANUEL DIESEL JUNGHANNS Ministro Vood Lilias aTI1 - C.S.J. Ministra SECRET JUSTICIA Sobeeserito: 2021 vole bew.csi
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