Contenido completo: 87278.pdf

CORTE SUPREMA DE USTICIA RECIBIDO 2 4 FEB EXPEDIENTE: "TOUFIC KHALIL DIA S/ CARTA DE NATURALIZACIÓN". - A.I. Nº92 S.P.D.E La Asunción, 22 de febrero de 2.021.- Y VISTOS: E1 Expediente formado por solicitud de Carta de Naturalización para Toufic Khalil Dia, las demás constancias, y; CONSIDERANDO: El el escrito de fs. 37/38, mediante el cual Toufic Khalil Dia se presentó ante la Excma. Corte Suprema de Justicia, por Derecho propio y bajo patrocinio de Abogada, solicitó obtener la Nacionalidad Paraguaya por Naturalización, acompañando los recaudos exigidos en los Artículos 37 y 40 de la Acordada 464 de fecha 26 de Junio del 2007 Y los Artículos 148 y 154 de la Constitución Nacional. Antes de pasar a analizar la presente solicitud de naturalización corresponde remitirse al marco normativo aplicable al presente caso y a este respecto nuestra Carta Magna en su Art. 148 enuncia: "De la nacionalidad por naturalización: Los extranjeros podrán obtener la nacionalidad paraguaya por naturalización si reúnen los siguientes requisitos: l. mayoría de edad; 2. radicación mínima de tres años de edad en territorio nacional; 3. ejercicio en el país de alguna profesión, oficio, ciencia, arte o industria, y; 4. buena conducta definida por ley".- El recurrente ha probado que es mayor de edad, habiendo nacido en Tyr, Republica del Líbano, de estado civil soltero, se desempeña como Director General en la firma Cedar Kingdom Paraguay S.R.L., domiciliado en el Edificio Nabil Center ubicado sobre la Avda. Piribebuy de Ciudad del Este, con Carnet de Admisión Permanente Número 112043 (fs. 3) y Cédula de Identidad Paraguaya Número A.ng 388.977 1E8. 21.00 Secretaria judicontinuada desde e1 año 2,905, comose Acreditó su residencia en elepaís de Forma permanente constataten el Certificado de Radicación emitido SECRETARI Or la Direccior enera Migraciones (fs. 28), y en el Acta de Constitución rem eido por jef Juzgado de Paz de Ciudad del Este,, obrante fs. biser Antno arar Analizadas PONIO FRETES Autos obra la Nota fecha 3 OroLuls Malla Belio2 Rieres, se despi ide ne a foja's 87/91 de por La Direccion Ministro MINST Resolución N° 4.371 ( 2.016, poniendo del 1 de Octubre del (24008, por otorgó la residencia permanen ga Toufic Khalil Dia migratorde del ciudadano en Dra. Giaây sareiro ae invue stión, notánde sencias cual se motimient laps Alberto Martinez Simon Ministro Ministro Prof. Dra. اللديق Caraina Lates o.
de tiempo superior al establecido por la Acordada N° 46472007, es decir de tres meses por año. Que, el Art. 42 de la Acordada N° 464 del 26 de Junio del 2.007 establece: "..Por i tanto, no procedera acordar la naturalización cuando: c) El solicitante haya obtenido su certificado de radicación permanente en el país, pero se ausente del mismo por espacios de tiempo superiores a tres meses por año, durante cada uno de los tres años anteriores al pedido de naturalización". Que, de la situación expresada precedentemente se evidencia una discrepancia con uno de los presupuestos de admisión requeridos por la normativa pertinente para la óbtención de la naturalización, resultando dicho factor una suposición de que el peticionante no reside de forma permanente en el país, dado el hecho concreto de ausencias por periodos prolongados que en exceso superan a lo establecido por la Acordada descripta precedentemente, conforme se certifica con el informe de la Dirección General de Migraciones del que se desprende que el mismo se ausenta en el país por largos periodos al año. Asimismo, a fojas 155 consta el informe remitido por el Departamento de Interpol de la Policía Nacional, el cual transcripto en lo pertinente expresa: "..DIA, Toufic, hijo de Khalil y Fátima, nació el 15.02.1981 en Tyr, Registro Nro. 68- Baflay/Tyr, de nacionalidad libanesa. Fue objeto de una sentencia emitida por el Tribunal Militar Permanente para delitos menores el 08.03.2004 por no cumplir con su servicio militar, y se le impuso una multa de 200000 LP...". Que, de la situación expresada precedentemente se evidencia el incumplimiento de uno de los presupuestos de admisión impuestos por la normativa pertinente para la obtención de la naturalización, el cual es el de la buena conducta, ya que las constancias de autos revelan que este requisito no fue cumplido. Cabe resaltar el criterio restrictivo que debe regir en cuestiones de concesión de la nacionalidad, por los que los requerimientos enunciados en la normativa pertinente deben ser observados a cabalidad, lo que no fue mínimamente comprobado en el presente expediente.- Sobre el caso que nos ocupa, el recurrente no ha logrado aportar prueba alguna respeto a dicha situación, por lo que se considera, en estricto derecho, que este extremo de la buena. conducta no fue acreditado. Advirtiendo que el Artículo 43, de la Acordada Número 464, con fecha 26 de Junio del 2.007, no fue cumplido fehacientemente, siendo aquel requisito legal ineludible, obligatorio e inexcusable, y, atendiendo a que constituye prerrogativa exclusiva del Poder Judicial, por mandato constitucional, otorgar la nacionalidad -
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RECIBID 2 4 FEB 221 EXPEDIENTE: DIA S/ NATURALIZACIÓN". "TOUFIC KHALIL CARTA DE L'. Yanise Comien paraguaya por naturali988it on, corresponde el rechazo de la solicitud planteada. En consecuencia, no hallándose reunidos los requisitos exigidos en el Artículo 42 de la Acordada N° 464 de fecha 26 de Junio del 2.007, y el Articulo 148, numeral 2) de la Constitución Nacional, corresponde rechazar la solicitud de la Carta de Naturalización a Toufic Khalil Dia. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESUELVE: RECHAZAR pedigo de carta por Toufic Khalil Dia, de conformidad esta Resolución. de naturalización solicitada expuesto en exordio de ANOTAR, registran *notificar. Dr. Lujs María Benítez Riera Ministro Alberto Martinez Simon Dr. Eugenio Jiménez R. Socor Ministro Ministro Ante mí: •Eun Saleno Sarge Dr. CÉSAR MANUEL, DIESEL JUNGHANA Ministro repo de l Prof. Dea. Mal prolina Lánes O. Dr. Manuel Dejesus Ramírez Candia MINISTRO Ministra ANTON MINISTRO 10g Secretaria Ju Sobeescrito: 2021 Vole lew CORTE SECRETARIA Pierina Ozana Woed Actuaria Secretaria Judicial II - C.S.J.
← Volver a los resultados
Operadores de búsqueda disponibles: También podés escribir NEAR/5 o responsabilidad NEAR culpa y será corregido automáticamente.