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CORTE SUPREMA DE USTICIA EXPTE.: "RECURSO DE APELACIÓN Y NULIDAD INTERPUESTO EN LOS AUTOS: SINDICATO DE TRABAJADORES ARTÍSTICOS, SERVICIOS Y ADMINISTRATIVOS (SITRASA) UNINORTE C/ RESOL N° 058 DE FECHA 13 DE FEBRERO DE 2019, DICTADO POR EL VICEMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL". 2P00 0821 amin. A.I. N..... 어 Asunción, O9 de febrero del 2.02L - VISTO: El escrito presentado por los Abogados Enmanuel López Aguilera y Rodrigo Chamorro Urbieta, folio 273/4 de autos, CONSIDERANDO: Que los citados Profesionales del Foro en el escrito referido manifestaron que desisten de la Instancia y la Acción respectivamente, por lo que solicitaron la imposición de Costas en el orden causado, así como el finiquito y archivamiento de estos autos. El Art. 167 del Código Procesal Civil establece: "El desistimiento de la instancia puede formularse en cualquier grado del proceso. El desistimiento de la segunda o tercera instancia significa la renuncia al recurso interpuesto y deja firme la Sentencia impugnada". A fs. 56 obra copia autenticada del Poder General otorgado por la Universidad del Norte - UNINORTE a favor del Abogado Rodrigo Chamorro Urbieta por el cual se le confirió mandato suficiente para desistir de la Instancia, conforme lo requiere el Art. 168 del Código Procesal Civil.- En ese sentido, corresponde en Derecho tener por desistido al Abogado Rodrigo Chamorro Urbieta del Recurso de Apelación interpuesto contra el Auto Interlocutorio N° 224 de fecha 11 de Junio del 2.019, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Laboral, Segunda Sala e imponer las Costas en el orden causado. Por su parte, con respecto al desistimiento de la Acción, pedido de finiquito y archivamiento, corresponde remitir estos autos al Tribunal de origen a los efectos pertinentes.- Por tanto, la Excelentísima; ・・・//..・
...//... CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: TENER POR DESISTIDO al Abogado Rodrigo Chamorro Urbieta del Recurso de Apelación interpuesto contra el Auto Interlocutorio N° 224 de fecha 11 de Junio del 2.019, dictado por el Tribunal de Apelación en 1o Laboral, Segunda Sala. IMPONER las Costas en el orden causado. REMITIR _estos. autos al fribunal de origen. ANOTAR, registrar y notificar. Dr. Eugenio Timénez R Ministro Coen Antrie Garary Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Ante mí: Sobeescito: 2021 Vole few. Abg. Pierina Ozuna Wood
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