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AGI X3100 de Roqui CORTE SUPREMA DE USTICIA EXPEDIENTE: "ALICIA HAYDEE FERNANDEZ S/ RENUNCIA A LA NACIONALIDAD PARAGUAYA", N° 271, AÑO 2.018, FOLIO 18.- A. I. N. 334 Asunción, 28 de abril del 2.021.- 202 VISTOS: El Expediente de Alicia Haydee Fernández, las soConstancias, yi CONSIDERANDO: Que a fojas 17/19, el Abogado Vicente Vega Arguello, en nombre y representación de Alicia Haydee Fernández, promovió Juicio de renuncia a la nacionalidad paraguaya; en atención a lo dispuesto por el Art. 147 de la Constitución Nacional. Por Providencia de fecha 3 de Diciembre del 2.018 se tuvo por reconocida la personería de la recurrente. - La peticionante ha acompañado su certificado de nacimiento en donde consta que la misma nació en la ciudad de Arroyos y Esteros en fecha 16 de Abril de 1.978 (fs. 6). Alicia Haydee Fernández demostró su buena conducta con el Certificado de Antecedentes Policiales expedido por la Policía Nacional a través de su Departamento de Identificaciones (fs. 3) y el Certificado de la Oficina de Antecedentes Penales del Poder Judicial, donde se coteja que no registra procesos penales (fs. 4 y 22). Del Pedido de renuncia a la nacionalidad paraguaya natural se corrió vista al Ministerio Público en fecha 5 de Julio del 2.019 (fs. 28). Por Dictamen N° 183 del 19 de julio de 2019, obrante a Is. 29, la Fiscal General Adjunta, Abog. Patricia Rivarola, expresó que hallándose reunidos los requisitos exigidos en la Constitución Nacional y La Acordada N° 464/2007, corresponde que la Exma. Corte Suprema de Justicia, conceda lo peticionado a Alicia Haydee Fernández.-. La Constitución Nacional en su Artículo 147 preceptúa que ningún paraguayo natural será privado de su nacionalidad, pero podrá renunciar voluntariamente a ella. Asimismo se encuentra normado expresamente el derecho de renunciar en la Constitución Nacional y en el Código Civil en su Artículo 10 que dice: "La renuncia general de las leyes no produce efecto alguno, pero podrán renunciarse los derechos conferidos por ellas, con tal que ٢٠٩٩٣٠١ ١٠٠
sólo miren al interés individual y que no esté prohibida su renuncia." El Artículo 59 de la Acordada Numero 464, del 26 de Junio del 2.007, establece: "El naturalizado podrá renunciar a la carta : de naturalización, siempre que establezca la nacionalidad por la que opta, presente su diploma de naturalización y justifique que no existe ningún juicio en su contra. En caso de que la autoridad del país en el que el interesado desea nacionalizarse, requiera la renuncia previa de la nacionalidad paraguaya, esto deberá demostrarse fehacientemente con la documentación administrativa y legal respectiva. Los mismos requisitos y procedimientos se aplicarán en el caso de renuncia a la nacionalidad paraguaya natural. La resolución que acepte la renuncia quedará equiparada, cuanto a sus efectos, a la de casación de la naturalización".- La recurrente en su presentación inicial a fs. 17/19 manifestó que opta por la nacionalidad Alemana. Asimismo, adjuntó a fs. 10/12 la constancia de "garantía de naturalización" emitida.- por la autoridad de dicho país, en orden a demostrar el requerimiento del segundo párrafo de la aludida Acordada 464. Asimismo, conforme con el informe de la Dirección de Estadísticas obrante a fs. 27, se comprobó que no se encuentra registrado ningún juicio a su nombre.- En consecuencia, encontrándose reunidos los requisitos establecidos en las disposiciones transcriptas, corresponde aceptar la renurcia nacionalidad concerniente a Alicia Haydee Fernández.- POR TANTO, fundado, en las motivaciones precedentes, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESUELVE: DECLARAR que Alicia Haydee Fernández es privada de su nacionalidad pakaguaya ral por renuncia voluntaria a ella, con sujeción a lo expuesto en exordio. COMUNICAR esta Resolución al Ministerio del Interior y demas menester.- autoridado dara marta Bondaz HOStir Segar M. Diesel ghanno e Corson ANOTAR, regintira Cescar Seried Gavazo Eugenio jiménez R Ministro Alberto Martinez Simon Ministro Dr. Manuel Dejesús Ramírez Candia ! MINISTRO Apte mí: COI اللس an Carohna Llanes O. ANIO FRETES Ministra .1G1 sobreeserito: 2021. Vole kew
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