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1B Horo CORTE SUPREMA DEJUSTICIA EXPEDIENTE: "CHETAN GHANSHYAM SETPAL S/ CARTA DE NATURALIZACIÓN", Nº 836, AÑO 2.018, FOLIO 77. A.I. M..360 Asunción, 04 de mayo del 2.021.- * VISTOS: El Expediente formado por solicitud de Carta de Malización para CHETAN GHANSHYAM SETPAL, las demás JUAN VILLALRA 2021 05 CONSIDERANDO: fojas 41, CHETAN GHANSHYAM SETPAL, por Derecho propio y patrocinio de Abogado, se presentó ante la Excelentisima corte Suprema de Justicia y solicitó obtener la nacionalidad paraguaya por naturalización, acompañando los recaudos exigidos en los Artículos 37 y 40 de la Acordada N° 464 de fecha 26 de Junio del 2.007. y los Artículos 148 y 154 de la Constitución. El recurrente ha probado que es mayor de edad, habiendo nacido en la India, de estado civil "casado, " de profesión comerciante, domiciliado en la Avenida Carlos Antonio López de Ciudad del Este, con Carnet de Admisión Permanente Número 00214094 (fs. 9) y Cédula i12 Idehtidad Paraguaya Número 4.908.701 (fs. 15). Acreditó șu residencia en el país de forma permanente y continuada desde el año 1.994, como se constata en la Resolución N° 513 de fecha 11 de Febrero de 1:994, emitida por la Dirección General de Migraciones (fs. 48), y en el Acta de Constitución remitida por el Juzgado de Paz de Ciudad del Este, obrante a is. 83. Asimismo, demostró su buena conducta con los Antecedentes Policiales expedidos por la Policia' Nacional a través de su Departamento de Identificaciones (fs. 78), con el Certificado de la Oficina de Antecedentes Penales del Poder Judicial, donde se verifica que no registra procesos penales (fs. 45) V... con el informe expedido por INTERPOL obrante a fs. 113, en igual sentido. A is. 43/44 de Autos se comprueba que el peticionante aprobó el Examen de rigor previsto en el Art. 46 de la Acordada Número 464 de fecha 26 de Junio del 2007.- A fs. 107/108 rola el Dictamen Fiscal N° 13 de fecha 25 de Febrero del 2.020, donde la Fiscal Adjunta Abogada Patricia Rivarola, consideró que hallándose reunidos los requisitos./!...
.//.exigidos en la Constitución j la Acordada N° 464/2007, corresponde que la Excelentísima Corte Suprema de Justicia otorgue la nacionalidad paraguaya por naturalización a CHETAN GHANSHYAM SETPAL. Habiendo cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 148 de la Constitución, corresponde otorgar al solicitante la Nacionalidad Paraguaya por Naturalización. POR TANTO, la Excelentísima; - CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RES VELVE: DECLARAR que CHETAN GHANSHYAM SETPAL es de Nacionalidad Paraguaya por Naturalización a partir de la fecha. OTORGAR Va coryespondionte calta de Naturalización, previo juramento de Figar COMUNICAR esta al Poder Ejecutivo a las demás autoridades que sea te: ANG r LuE Mar daente tia notifica! Ministr Ministro Alberto Ante mí: finistre Coper Atrin Gar Ministra r. Manuel Dejesús Ramírez Candia MINISTRO Vaull Prof. Dra. Ma. Carolina Llanes O. Ministra Cesar M. Diesel Junghanns Ministre ESJ. 07 SECRETARIA CORTE Abg. Pierina Ozuna Wood Secretaria Judicial - C.S.J. ANTONIO FRETES MINISTA 2CIA
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