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CORTE SUPREMA 0 !VILLMEE -05- 2021 EXPEDIENTE: "WALID JAMIL ABOU ITAIF S/ CARTA DE NATURALIZACIÓN", N° 359, AÑO 2.013, FOLIO 48. - A.I. Nº 352 Asunción, 04 de mayo del 2.021.- Y Expediente formado por solicitud de Carta de Naturalización para Walid Jamil Abou Itaif, las demás constancias, y; CONSIDERAN DiO3 02011 A fojas 43, Walid Jamil Abou Ltaif, se presentó ante la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, por Derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, y solicitó obtener la Nacionalidad Paraguaya por Naturalización, acompañando los recaudos exigidos en los Artículos 37 y 40 de la Acordada N° 464 de fecha 26 de Junio del 2.007 y los Artículos 148 y 154 de la Constitución Nacional.- Que, dicho extremo se acredita con las instrumentales obrantes fojas 1 a 43. Asimismo, se han actualizado los informes pertinentes con las instrumentales obrantes Autos, de conformidad a lo solicitado por la Sala Civil y Comercial de la Corte Suprema de Justicia. Que, a fojas 90 de Autos, obra un documento oficial de la Agregaduría de la Policía Federal de la Embajada del Brasil en el que consta un texto en idioma portugués, en el que menciona los datos del mentado ciudadano y cuyo texto expresa básicamente que el mismo se encuentra en el Brasil en condición de permanente, a través del Registro Nacional del Extranjero (RNE) N°•·2292490, con validez hasta el 19 de Agosto del 2.020. Que, asimismo, surgen dudas respecto a si el recurrente Señor Walid Jamil Abou Itaif, vive y reside de forma permanente en el 44 : territorio nacional, teniendo en cuenta la documentación previamente descripta. En ese contexto, se concluye que en el presente caso no se hallan reunidos los requisitos establecidos por la Ley para la obtención de la Nacionalidad Paraguaya por Naturalización, en razón de que según las documentaciones arrimadas en Autos, conforme al Artículo 44 de la Acordada N° 464/2007, el mismo se encuentra en condición de permanente en el vecino país. Por tanto atendiendo las disposiciones legales antes mencionadas, corresponde rechazar la solicitud de declaración de nacionalidad paraguaya por naturalización del Señor Walid Jamil Abou Ltaif.-
POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESUELVE: DENEGAR a walid por Naturalizacion, por presente resofución ANOTAR registra Jamil Abou Ltaif la Nacionalidad Paraguaya fundamentos expuestos en el exordio de Linistro Ante mi: Alberto Martinez Simon Ministro Dr. Manuel Dejesús Ramírez Candia MINISTRO 《 Dra. Gladys E. Bareiro de Módica Ministra Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. aul Prof. Dra. Ma. Carolina Llanes O. Ministra ANTONIO FRETES MINISTRO や Ahg. Pierina Orin Wood Secretaria Judicial - C.S.J. Sobreesito: 2021. Vole few Abg. Plerina Ozuna Wood TARIA Beeretarla Judietel . G,5.J, JUSTICIA
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