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P0n * Abog CORTE SUPREMA DEJUSTICIA RECIB 0 2 JU 2021 Lic. Yant colman S.F.D.E. JUICIO: "Recusación con causa formulada por el Abg. Ricardo Balestrin Fontes contra el Miembro del Tribunal de Apelación de la Circunscripción Judicial Canindeyú, Abog. Carlos A. Domínguez en los autos: José Valdir Sebastiani y Jonás Ferreira de Souza s/ Medida Cautelar Autónoma".- A.I. Nº: 674 Asunción, 30 de Junio. del 2.021.- Y VISTO: La recusación con expresión de causa planteada por el Abog. Ricardo Balestrin Fontes, contra el Magistrado Carlos Domínguez Rolón, Miembro del Tribunal de Apelación en 1o Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia de la Circunscripción Judicial de Canindeyú, y; CONSIDERANDO: El recurrente planteó recusación con expresión de causa contra el Magistrado Carlos Domínguez Rolón, Miembro del Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia de la Circunscripción Judicial de Canindeyú, invocando la causal prevista en el Art. 20 inc. j. código Procesal Civil. . AL respecto, y trayendo a colación una serie de denuncias efectuadas por su contraparte, el Abogado Diego Troch , ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados- algynas de ellas a consecuencia de este juicio- y otras directamente en contra del Magistrado recusado, el recusante (asevet la existencia de imparcialidad por parte del a. Pivolagstirado Carlos Dominguez Rolón, en razón a las actuaciones Sector citado auxiliar de justicia, sosteniendo que si recusado hace lugar al recurso de aclaratoria que conjuntamente presenta con la recusación, nuevamente será denunciado por/ el Abogado Diego Troche. Finalmente, solicitó que - citado magistrado se excuse . de entende el. presente Alberto Martinez Simon Ministro Dr. Eugenio Imenez R Coser Antenio Garay
SUDIC لافة: CORTE SUPREMA DEJUSTICIA 8/00 BE9 2021 الاين Mise Coiman JUICIO: "Recusación con causa formulada por el Abg. Ricardo Balestrin Fontes contra el Miembro del Tribunal de Apelación de la Circunscripción Judicial Canindeyú, Abog. Carlos A. Dominguez en los autos: José Valdir Sebastiani y Jonás Ferreira de Souza s/ Medida Cautelar Autónoma".- Juez natural causa -situación excepcional y anómala dentro del desarrollo del proceso- debe ser invocado en forma prudente, responsable y con aplicación restrictiva por excelencia, sólo en casos de concurrir motivos graves, razonables, verosímiles y atendibles que hagan presumir seriamente que el magistrado no actuará con la suficiente ecuanimidad, independencia e imparcialidad, extremos que, como vimos, no se dan en el caso en cuestión.- En consecuencia, por las motivaciones señaladas, debe rechazarse la recusación interpuesta y devolver los autos al •Tribunal de origen conforme con lo dispuesto en el Art. 33 del Código Procesal Civil. Por lo tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: NO HACER LUGAR a la recusación con "expresión de causa" promovida por el Abog. Ricardo Balestrin Fontes, contra el Magistrado Carlos Domínguez Rolón, Miembro del Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez y Adolescencia de la Circunscripción Judicial de Canindeyú. DEVOLVER estos autos af Tribunal de origen ANOTAR, egistrar y no car - ーーー/ Alberto Martinez Simon inistro SECRETARIA, SUSRER Sever Sntinto Garay Sec etario
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