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=* GUAY CORTE SUPREMA DEJUSTICIA JUICIO: "JORGE ISAAC VIERCI ÁLVAREZ Y OTROS C/ PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA S/ FIJACIÓN DE PRECIO". RECIBIDO 0 1 JUL 2021 Lic. Yanise Colman SPDE UVER co SECRETARIA son REE vistsar • REMA A.I. N° 662 Asunción, 3º de sunio del 2021.- Y VISTOS: El recurso de aclaratoria interpuesto por el Abg. Carlos Benítez Balmelli contra el A.I. N° 1.046, de fecha 28 de Diciembre del 2.020, dictado por ésta Sala, y,- CONSIDERANDO: El citado profesional interpuso Recurso de Aclaratoria contra la Resolución mencionada en virtud a la norma contenida en el Art. 387, inc. b), del C.P.C. Alegó que existe oscuridad en cuanto a la imposición de las Costas en esta Instancia. Sostuvo que ambas Partes interpusieron Recursos en esta Instancia, y que a su vez, ambas Partes desistieron de los Recursos interpuestos de conformidad al Art. 197, del C.P.C. Sin embargo, en el "Resuelve" de la Resolución impugnada se consignó "Imponer las costas a los apelantes" sin especificar a cuál apelante se refiere. Concluyó solicitando que, para evitar situaciones confusas, ésta Sala aclare el sentido de la imposición de las Costas en esta Instancia. El Art. 387 del C.P.C. expresa: "Objeto. Las partes podrán sin embargo pedir aclaratoria de la resolución al mismo Juez o Tribunal que la hubiere dictado con el objeto de que: a) Corrija cualquier error material, b) aclare alguna expresión oscuía, sin alterar lo sustancial de la decisión, c) Supla cualquier omisión en que hubiere incurrido sobre algunas de las pretensiones deducidas y discutidas en el litigio..". En primer término, corresponde recalcar que la aclarator olo puede dirigirse a la parte resolutiva de la Resolución, no fundamentos y en ningún caso puede alterar el sentido de ya degidido, presupuesto en el que se encuadia el, Recurso Albor Martinez Simon Ministro Ceso Ambinio Garay
En el caso, ésta sala verifica una expresión oscura en el apartado segundo del "Resuelve", específicamente en cuanto a la imposición de las Costas en esta Instancia. Si bien existe imposición de las Costas a los apelantes, la expresión genérica "los apelantes" podría generar confusión acerca del alcance de dicha imposición, teniendo en cuenta que existen Recursos interpuestos por distintas Partes en el proceso. Por la Resolución recurrida se resolvió: ". TENER POR DESISTIDOS al Procurador General de la República, Abogado Sergio Coscia Nogués - Parte demandada-, y a Jorge Isaac Vierci Y Pedro Chih - Parte actora- de los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos contra el Acuerdo y Sentencia Número 58, de fecha 2 de Septiembre del 2.019, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala ..", de lo que se colige que ambas partes desistieron de los respectivos recursos interpuestos que ocasionaron la apertura de la presente instancia.- Así, reuniéndose los presupuestos de procedencia del recurso de aclaratoria interpuesto, esta Sala considera oportuno aclarar que en virtud a lo dispuesto en el Art. 197 del C.P.C., corresponde imponer a cada una de las Partes las Costas por los Recursos interpuestos respectivamente. Es decir, corresponde imponer a la Parte actora -Jorge Isaac Vierci Álvarez y Pedro A. Chih Lin- las costas por los recursos interpuestos por el Abogado Carlos Benítez Balmelli (E. 251) contra el Acuerdo y Sentencia N° 58, del 2 de Setiembre de 2.019, y a la Parte demandada -Estado Paraguayo- las costas generadas por los recursos interpuestos por el Procurador General de la República (f. 250) contra el Acuerdo y Sentencia N° 58, del 2 de Setiembre de 2.019.- Por tanto, la Excelentísima; 21.301 /417
CORTE SUPREMA SIE USTICIA JUICIO: "JORGE ISAAC VIERCI ÁLVAREZ Y OTROS C/ PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA FIJACIÓN DE PRECIO". ーーー RECIE 0 1 JUD 2021 Lic Yanise Colmán S.P.D.E 'CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: HACER LUGAR al Recurso de aclaratoria interpuesto por el Abogado Carlos Benítez Balmelli contra el A.I. N° 1046, del 28 de Diciembre del 2.020, dictado por ésta Sala.- IMPONER a la Parte actora, Jorge Isaac Vierci Álvarez y Pedro A. Chih Lin, las Costas generadas por los Recursos interpuestos por el Abogado Carlos Benítez Bálmelli contra el Acuerdo y Sentencia Número 58, del 2 de Setiembre del 2.019 IMPONER a la Parte demandada, las Costas generadas por Recursos interpuestos por el Procurador General de 1a República, contra el Acuerdo y Sentencia Número 58, del 2 de Setiembre del 2.019 ANOTAR, arar y notifica cate factor Reven Antinhe Garary Alliferto Martinez Simon Ministro PODE Ante mi: ANTONIO FRETES ISTRO 63 SECRE Abog. Julla C. Pavon MartInez secretario
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