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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "TOMAS ACOSTA ALVARENGA C/ SILVINA MARICEL LÓPEZ Y OTROS S/ NULIDAD DE ACTO JURÍDICO". 23100 A.I. No 636 RICIBIDO ESTAL ASTICA CIVIL 22 -Uô- 2021 Asunción, 21 de Junio del 2.021. El pedido formulado a fs. 388 por la Abogada Gilda Boraonte 18i/50 80 40 CONSIDERANDO: citada Profesional del Foro solicitó a esta máxima Instancia se declaren Desiertos los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por la adversa al no haber expresado agravios.- De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial se advierten que la Abogada Rumelia Espínola Benítez, fue notificada del Providencia de fecha 10 de Febrero del 2.021, conforme Cédula de Notificación del 18 de Marzo del 2.021, obrante a fs. 387. En el Expediente no existe constancia que la citada Profesional se haya presentado a fundar sus Recursos, estando a la fecha vencido el plazo para hacerlo.— Corresponde, pues, declarar desiertos los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por la Abogada Rumelia Espínola e imponer las Costas a la apelante.- Por tanto, la Excelentisima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: PO DECLARAR DESIERTOS los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por la Abogada Rumelia Espínola contra el Auto Interlocutorio N° 299 de fecha 7 de Julio del 2.020, dictado por e Tribunal de Apelación en 1o Civil y Comercial, Tercera Sala.- IMPONER Costas la apelante. REMITIR est s autos ад Tribunal de Origen.- ANOTAR, fegistrar y notificar.- Aberto Martin 1 Ministro Eugenio Jimenez R Ministro Ciscar Antonie Garary Scerci bcd : i: - C.S.J.
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