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EXPEDIENTE: "CASACION: LILIAN MARIA DA CRUZ DICK S/DENUNCIA FALSA".- AUTO INTERLOCUTORIO VISTO: El recurso de reposición interpuesto por el Abg. Rodrigo Escobar Giménez, y CONSIDERANDO: Que por A.l. N° 762 de fecha 14 de noviembre del 2025, esta Sala Penal, ha resuelto: "DECLARAR INADMISIBLE el recurso extraordinario de casación interpuesto por el Abg. Rodrigo Escobar Giménez, en representación de la procesada Lilian María Da Cruz Dick, contra el A.I. N° 296 de fecha 19 de septiembre de 2025, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala, de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná, por los fundamentos expuestos en el exordio de la presente resolución" Se presenta el Abg. Rodrigo Escobar Giménez, a plantear reposición contra tallo mencionado anteriormente, haciendo una serie de manifestaciones y pidiendo finalmente, se haga lugar al recurso de reposición.- En ese sentido, debe tomarse en consideración que el fallo recurrido se trata de un auto dictado por la máxima instancia jurisdiccional y conforme al artículo 17 de la ley 609/95. Irrecurribilidad de las resoluciones. "...Las resoluciones de las salas o del pleno de la Corte solamente son susceptibles del recurso de aclaratoria y, tratándose de providencia de mero trámite o resolución de regulación de honorarios originados en dicha instancia, del recurso de reposición. No se admite impugnación de ningún género, incluso las fundadas en inconstitucionalidad" La norma precedentemente expuesta no permite que las resoluciones de la Corte Suprema de Justicia sean susceptibles de otros recursos que no sea el de aclaratoria. Seguidamente, hace una pequeña excepción respecto a la regla con dos tipos de resoluciones, las providencias de mero trámite o las regulaciones de honorarios originadas en la Corte Para conocer la validez del documento, verifique aquí.
Suprema de Justicia, ninguna de las cuales se ajusta a este caso en particular. - En consecuencia, por las razones expuestas y con los alcance señalados, corresponde declarar inadmisible el recurso de reposición planteado. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA PENAL RESUELVE: 1.- DECLARAR INADMISIBLE el recurso de reposición interpuesto por el Abg. Rodrigo Escobar Giménez, contra el A.l. Nº 762 de fecha 14 de noviembre del 2025.- 2.- ANOTAR, registrar y notificar.— Para conocer la validez del documento. verifique aquí. SER DEL PRE Firmado digitalmente (MINISTRO/A) (MINISTRO/A) Firmado digitalmente po MARIA CAROLINA LLANES OCAMPOS (MINISTRO/A) Asunción, 19 de febrero de 2026 con Nro. A.I.: 66 D.
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