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RECIBIDO Diaz CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "R.H.P. DEL ABG. SERAFÍN RUÍZ DÍAZ ROMÁN EN "SABINO SANTACRUZ ACOSTA C/SEIZO MAEHARA UEDA Y OTROS S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS". - A.I. Nº 1230 T oman 14 00182) Asunción, 18 de diciembre del 2.025.- E1 pedido formulado por el Abogado Serafin Ruiz rante a fs. 19, el informe de la Actuaria obrante CONSIDERAN DO: El citado Profesional del foro solicitó a esta Máxima Instancia se declare la Caducidad de Instancia por haber Transcurrido el término prescripto en el Artículo 172 del Código Procesal Civil. De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaría Judicial (fs. 20) se advierte que la última actuación procesal que impulsó la Instancia Recursiva y de la cual existe constancia en el expediente, resulta ser la Providencia "Autos", con fecha 4 de Febrero del 2.025, obrante a fs.| 18, habiendo transcurrido el plazo superior a seis meses establecido en el Artículo 172 del Código Procesal Civil para que opere la Caducidad de Instancia, sin que la parte recurrente cumpliera acto procesal alguno capaz de instar el curso del proceso. Tampoco se evidencia que existan actos procesales susceptibles de suspender o interrumpir el plazo de la Caducidad de la Instancia Recursiva. El Artículo 175 del Código Procesal Civil establece: "...La Caducidad será declarada de oficio o a petición de parte por el Juez o Tribunal...".- Corresponde, pues, declarar operada la Caducidad de Instancia Recursiva, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 172 del Código Procesal Civil e imponer las Costas a la Parte Apelante, conforme lo dispone el Artículo 200 del citado Código de Forma. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR OPERADA LA CADUCIDAD DE INSTANCIA RECURSIVA en este Juicio por haber transcurrido el término prescripto en el Artículo 172 del Código Procesal Civil IMPONER las Costas a la Parte Apelante. REMITIR este Juicio al Tribunal de origen para lo que hubiere ugar en Dere mo. - ANOTAR registras notificar. Ante Eugenio Jiménez R. Ministro Alberto Martinez Simón Ministro Cosan Intonio Garay ueule Abg. Minría Rita Monges Dos Santos Secretaria
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