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CORTE SUPREMA DEJUSTICIA JUICIO: "VÍCTOR RUBÉN DUARTE AGUAYO C/ INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL Y OTROS S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL I OTROS". . RECIBIDO 19-12- 2025 za/90| s0 Roque MAYSTOS obtenieador 1222 A.I. ................. Asunción, 18 de cumbre del 2.025.- pedido formulado por Víctor Rubén Duarte Aguayo, 1/51/52, el informe de la Actuaria obrante a Es. 53, CONSIDERANDO: El citado solicitó a esta Máxima Instancia se declare la Caducidad de Instancia por haber Transcurrido el término prescripto en el Artículo 172 del Código Procesal Civil.- De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial (f. 53) se advierte que la última actuación procesal que impulsó la Instancia Recursiva, resulta ser la Providencia con fecha 10 de Abril del 2.025, obrante a fs. 49, habiendo transcurrido el plazo de seis meses establecido en el Artículo 172 del Código Procesal Civil para que opere la Caducidad de Instancia, sin que la parte recurrente cumpliera acto procesal alguno capaz de instar el curso del proceso. Tampoco se evidencia que existan actos procesales susceptibles de suspender interrumpir el plazo de la Caducidad de la Instancia Recursiva. Artículo 172 del Código Procesal Civil, en lo pertinente, establece: "Se operará la caducidad de la instancia en toda clase de juicios, cuando no se instare su curso dentro del plazo de seis meses" Corresponde, pues, declarar operada la Caducidad de Instancia Recursiva, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 172 del Código Procesal Civil e imponer las Costas a la Parte Apelante, conforme lo dispone el Artículo 200 del citado Código de Forma. Por tanto, la Excelentisima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR OPERADA LA CADUCIDAD de la instancia recursiva este Juicio por haber transcurrido el término prescripto en el Artículo 172 del Código Procesal Civil. Parte apelante. REMITIR Tribunal de origen para que hublere ANOTAR, régistrar y notificar. Eugenio Jiménez R Ministro meulu Ahg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria Aiberto Martinez Simón Ministro
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