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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA: MIRTA ESTELA SWIDNICKI DE LUCHIN Y OTROS C/ RICARDO JAVIER OVIEDO GAMARRA Y OTROS S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL". N° 24. AÑO 2020.- A.I. VISTOS: El Recurso de Queja por retardo de Justicia interpuesto por el Abogado Mario A. Arnold, las demas constancias, y; CONSIDERANDO: El citado Profesional del Foro presentó Recurso de Queja por retardo de Justicia y en el escrito respectivo manifestó: "..Que, mi parte ha solicitado se dicte la correspondiente resolución (ACUERDO Y SENTENCIA) en estos autos, y hasta la fecha no existe resolución al respecto...".- Ante la interposición del mencionado Recurso, se dictó la Providencia con fecha 25 de Junio del 2.025, que ordenó se libre Oficio al Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Segunda Sala, Circunscripción Judicial Itapúa, a fin que informe la situación procesal en que se encuentra el Expediente caratulado: "MIRTA ESTELA SWIDNICKI DE LUCHIN Y OTROS C/ RICARDO JAVIER OVIEDO GAMARRA Y OTROS S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL".- El Tribunal elevó el informe correspondiente y manifestó que dictó el Acuerdo y Sentencia N° 07/2025/02 del 29 de Marzo del 2.025, en el que resolvió lo incoado por el aquí quejoso.- las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de Queja por retardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del Expediente, por lo que carece de objeto la tramitación del mismo.- POR TANTO, la Excelentisima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL Para conocer la documento, verifique aquí.
RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO el estudio del Recurso de queja por retardo de Justicia interpuesto por el Abogado Mario A. Arnold, contra el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Segunda Sala, Circunscripción Judicial Itapúa.- REGISTRAR, y conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del artículo 66 de la Ley N° 6822/2021 y la Acordada N° 1108/2016, dictada por la Excma. Corte Suprema de Justicia.- Para conocer la validez del documento, verifique aquí. GA DEL PAR Firmado digitalmente or: CESAR ANTONIC GARAY ZUCCOLILL( (MINISTRO/A) SEA DEL RAE Firmado digitalmente por: EUGENIO DOMENEZ ROLON (MINISTRO/A) CADEL RA ALBERTO JOAQUIN MARTINEZ SIMON (MINISTRO/A) Asuncion t de diciembre de 2025 con Nro. A.l.: 1130 D
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