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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECUSACIÓN EN GRUPO INTER. DE FINANZAS SAECA C/ AGUSTIN ROBERTO MARIA ANDRADA PASMOR S/ EJECUCIÓN HIPOTECARIA". Auto Interlocutorio Y VISTA: La recusación con expresión de causa planteada por el Abogado Cesar Marcelo Fuster Castellano contra Guillermo Federico Zillich Silva, a la sazón Miembro del Tribunal de Apelación en 1o Civil y Comercial, Tercera Sala de la Capital, y; CONSIDERANDO: El citado profesional planteó recusación con expresión de causa en los términos del escrito presentado, según cargo electrónico, en fecha 11 de noviembre de 2024. El recusado elevó el informe de rigor en fecha 21 de noviembre de 2024, según constancias del expediente judicial electrónico. Preliminarmente, es preciso Federico Zillich Silva presentó señalar que Guillermo su renuncia a la magistratura, la cual fue aceptada por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia en Resolución N° 11.917, de fecha 2 de abril de 2025. Consecuentemente, por las motivaciones que anteceden, corresponde declarar carente de objeto la recusación formulada, al tiempo de devolver estos autos al Tribunal de origen, conforme con el Artículo 33 del Código Procesal Civil. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR CARENTE DE OBJETO la recusación con expresión de causa planteada por el Abogado Cesar Marcelo Fuster Castellano contra Guillermo Federico Zillich Silva a la sazón Miembro del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Tercera Sala, de la Capital, por los fundamentos expuestos. DEVOLVER estos autos al Tribunal de origen. REGISTRAR У conservar en el gestor documental del Poder Judicial, en los términos del artículo 66 de la Ley N° Para conocer la validez del verifique aqui.
6.822/2021 Y la Acordada N° 1.108/2016, dictada por la Excma. Corte Suprema de Justicia. Para conocer la documento, verifique aquí. Firmado digitalmente por: EUGENIO JIMENEZ ROLON (MINISTRO/A) SER DEL PARE Firmado digitalmente oor: MANUEL DEJESUS RAMIREZ CANDIA (MINISTRO/A) SEA DEL RAR irmado digitalmente po ESAR ANTONIO GARA ZUCCOLILLO (MINISTRO/A) Asunción, 5 de diciembre de 2025 con Nro. A.I.: 1112 D
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