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DE CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR CARLOS JAVIER GRANADA EN LOS AUTOS "CARLOS JAVIER GRANADA FERNANDEZ S/ ACOSO SEXUAL Y OTROS - N° 3921/22". AÑO 2024 N° 327.- A.I. N°: 2142 01:02 03 04 ESTADICTICA CUAL Asunción, 26 deNoviabr. de 2025.- 26 - 11- 2025 ES VISTO El pedido de suspensión de efectos presentado por Carlos Javier Granada, por sus propios derechos y bajo patrocinio de abogados, del A.I. N° 1147 de fecha 20 de noviembre de 2023, dictado por el Juzgado Penal de Garantías N° 12 de la Capital, y contra Penal, Tercera Sala de la Capital, y, CONSIDERANDO: Que, respecto a la cuestión que en esta ocasión nos corresponde atender, el artículo 559 del Código Procesal Civil, dispone: "Efectos de la demanda. La interposición de la demanda tendrá efecto suspensivo cuando se tratare de sentencia definitiva o de interlocutoria con fuerza tal. En los demás casos no tendrá ese efecto salvo que, a petición de parte, la Corte Suprema así lo dispusiere para evitar gravámenes irreparables" Que, la resolución en esta Sala impugnada y conforme al artículo precedentemente transcripto no se reúnen los requisitos para que opere la suspensión, en atención a que no se trata de una resolución definitiva, siendo atribución de esta Corte la facultad de disponer - excepcionalmente- que la interposición de la acción en cuestión tenga efecto suspensivo, siempre que con ello se busque evitar gravámenes irreparables al accionante, lo cual no sucede en estos autos. Que, en estas condiciones al no cumplirse con los requisitos exigidos por la citada norma procesal, corresponde rechazar la suspensión de efectos de los citados autos interlocutorios. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: RECHAZAR el pedido de suspensión de efectos del A.I. N° 1147 de fecha 20 de noviembre de 2023, dictado por el Juzgado Penal de Garantías N° 12 de la Capital, y contra el A.I. N° 8 de fecha 19 de febrero de 2024, dictado por el Tribunal de Apelaciones en lo Penal, Tercera Sala de la Capital, por los fundamentos expuestos en el exordio de la presente resolución. ... ANOTAR, registrar y notificar Ante mí: Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Gustavo E. Santander Dans Ministro Meulu Ahg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria P.A. Dr. Victor Rios Ojeda Ministro SEGRETARIA JUDICIAL
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