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054/25 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "R.H.P. DEL ABG. HERMINIO CANTERO EN MAURO FAUSTINO FRANCO BENITEZ Y OTRO C/ LUIS GERMAN BAEZ FRANCO OTRA S/ NULIDAD DE TITULO". TICA CH 120. Pe29, A. I. Nº 1030 Asunción, 17 de noviembre del 2.025. El pedido formulado por el Abogado Herminio Cantero informe de la Actuaria a fs. 30 y; CONSIDERANDO: SI 11E2 citado máxima Instancia se declaren Desiertos los Recursos de Apelación Nulidad interpuestos por la adversa al no haber expresado agravios.- De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial se advierten que Mauro Faustino Franco Benítez y Robert Daniel Franco Benítez, fueron notificados de la Providencia "Autos" con fecha 17 de Setiembre del 2.025, conforme a Cédula de notificación con fecha 23 de Setiembre del 2.025, obrante a fs. 28. En el expediente no existe constancia que la Parte se hayan presentado a fundar sus Recursos, estando a la fecha vencido el plazo para hacerlo, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 437 del Código Procesal Civil. . Corresponde, pues, declarar desiertos los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Mauro Faustino Franco Benítez y Robert Daniel Franco Benítez, e imponer las costas a la Parte Apelante, conforme lo dispone el Artículo 203, inciso el del Código Procesal Civil. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR DESIERTOS los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Mauro Faustino Franco Benítez y Robert Daniel Franco Benítez, contra el Auto Interlocutorio N° 75 de fecha 10. de Febrero del 2.025 y su aclaratoria el Auto Interlocutorio Nº 226 CECRETArde fecha 11 de Marzo del 2.025, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral, Segunda Sala, Circunscripción Judícial Central, IMPONER COL stas al la Parte Apelante REMITER este Jui al Tribunal de gen para lo que hubiere lugar en Derecho. ANOTAR, registrar y notiescar. Gen Antonig g Eugenio Jiménez R. Ministro Mel Martiner Simon 'Ministro Abg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria
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