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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "APELACION Y NULIDAD DE PROVIDENCIA - ABG. LUCAS JULIAN MORINIGO ROTELA: CONSORCIO NUEVO CHACO C/ RES NO 1744 DEL 01/11/2023 DICTADA POR EL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES", Expte.C.S.J.N°6, Año 2024.- A.I. Asunción, VISTO: El escrito presentado por el Abogado Lucas Julian Morínigo Rotela, en representación de la parte actora CONSIDERANDO Que, en el escrito presentado por el mencionado profesional del foro el mismo manifestó que: "...por el presente escrito, siguiendo precisas instrucciones de mi mandante, vengo a desistir de los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos en contra del A.L.N°721 de fecha 12 de diciembre de 2024 que nos fuera concedido por A.I.N°525de fecha 28 de mayo de 2025...".- Que, el Art. 167 del Código Procesal Civil establece: "...Que el desistimiento de la instancia puede formularse en cualquier grado del proceso. El desistimiento de la segunda o tercera instancia significa la renuncia al recurso interpuesto y deja firme la resolución impugnada...".- Que, en relación a las costas, el Art.197 del Código Procesal Civil dispone: "Cuando el desistimiento fuere de la acción, las costas del proceso correrán a cargo del actor. Cuando lo fuere de la instancia, el que desistiere correrá con las ocasionadas en la misma". En consecuencia, corresponde tener por desistidos de los Recursos interpuestos al Abogado Lucas Julian Morínigo Rotela, en representación de la parte actora, en los términos del escrito presentado e imponer las costas a la parte apelante.- Para conocer la validez del documento, verifique aqui.
POR TANTO LA, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE TENER por desistidos de los Recursos interpuestos al Abogado Lucas Julian Morínigo Rotela, en representación de la parte actora, contra el Auto Interlocutorio N°721 de fecha 12 de Diciembre de 2024, dictado por este Tribunal de Cuentas, Primera Sala.- COSTAS, a la parte apelante.- ANOTESE y notifiquese.- Para conocer la validez del documento, verifique aquí. SEA DEL PRE Firmado digitalmente or: MARIA CAROLINA _LANES OCAMPOS (MINISTRO/A) AGA DEL PRE Firmado digitalmente por: LUIS MARIA BENITEZ RIERA (MINISTRO/A) SEA DEL RAR Firmado digitalmente por MANUEL DEJESUS RAMIREZ CANDIA (MINISTRO/A) Asunción, 4 de noviembre de 2025 con Nro. A.l.: 116 D
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