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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR NORMA ELIZABETH NUÑEZ EN LOS AUTOS CARATULADOS: "CESAR ALBERTO PALACIOS C/ NORMA ELIZABETH NUÑEZ S/ ACCIÓN PREPARATORIA DE JUICIO EJECUTIVO". N° 2283, Año 2022. A.I.N° 1900 REC ESTADISTI 31-10- S1 2025 Asunción, 30 de OCtubre de 2.025.- •VISTO: El escrito presentado por la señora Norma Elizabeth Núñez, por derecho propio y poi bajo patrocinio de abogado, en fecha 16 de diciembre del 2024, Y; — CONSIDERANDO: En el referido escrito la recurrente manifiesta que desiste de la acción de inconstitucionalidad instaurada en los autos citados más arriba. El artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibido su renuncia. Por su parte, el Art. 166 del C.P.C. expresa: "En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e implica la renuncia del derecho respectivo. El Juez se limitará a examinar si el desistimiento es procedente por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proce so en caso afirmativo". Por las consideraciones que anteceden y encuadrándose dentro de lo establecido en la norma trascripta ut supra, el desistimiento de la acción formulado por la señora Norma Elizabeth Núñez deviene procedente. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR al desistimiento de la acción solicitado por la señora Norma Elizabeth Núñez, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, en los autos mencionados ut supra, de conformidad a los términos expuestos en el considerando de la presente resolución. - ANOTAR, registrar y notificar. Ante mí: (rustavo E. Santander Dans Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. ( Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro Abg. Julio C. Pavón Martinez Secretario CORTE SECPETARIA JUDICIAL.
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