Contenido completo: 115205.pdf
**CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR OSCAR IRALA SANABRIA C/ ART. 1 DE LA LEY N° 4252/10 QUE MODIFICA EL ART. 9º DE LA LEY N° 2345/03 “DE REFORMA Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA FISCAL SISTEMA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR PUBLICO. EXP: 2894, AÑO: 2024. **A.I. N°:** 1825 Asunción, **20 de octubre** de 2075- **VISTO:** El pedido de suspensión de efectos formulado por el señor Oscar Irala Sanabria, por derec ho propio y bajo patrocinio de abogado, en contra del Art. 1 de la Ley N° 4252/10 que modifica el ar tículo 9º de la ley N° 2345/2003 “De Reforma y Sostenibilidad de la Caja Fiscal Sistema de Jubilacio nes y Pensiones del Sector Público, y; **CONSIDERANDO:** A su turno el Ministro Cesar Diesel Junghanns, dijo: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos del acto normativo atacado de inconstitucio nal en base a lo dispuesto en el Art. 553 del Código Procesal Civil. Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que: “La interposición de la demanda no suspende los efecto s de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Supre ma así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación”. Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, proced e hacer lugar a lo solicitado. A su turno el Ministro Víctor Ríos, dijo: considero que en el presente caso no se evidencia, peligro en la demora, ni que la aplicación de la norma atacada puede ocasionar perjuicio irreparable al acc ionante. Por lo que no estando cumplidos los requisitos exigidos en el Art. 553 del C.P.C., voto por el rechazo de la medida solicitada. ES MI VOTO. A su turno el Ministro Gustavo Santander, dijo: en relación al presente caso, y, habiendo emitido mi voto por el rechazo in limine de la mencionada acción de inconstitucionalidad, considero por demás expedirme en cuanto a la medida de suspensión de efectos solicitada. ES MI VITO. **POR TANTO,** la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: NO HACER LUGAR a la medida de suspensión de efectos del ART. 3 DE LA LEY N° 4252/2010 “QUE MODIFICA EL ARTICULO 9 DE LA LEY N° 2345/2003”, formulado por el señor Oscar Irala Sanabria, por derecho prop io y bajo patrocinio de abogado, en contra del Art. 1 de la Ley N° 4252/10 que modifica el artículo 9º de la ley N° 2345/2003 “De Reforma y Sostenibilidad de la Caja Fiscal Sistema de Jubilaciones y P ensiones del Sector Público, de conformidad a los fundamentos expuestos en el exordio de esta resolu ción. **ANOTAR** y notificar: Ante mi: Gustavo E. Santander Dias Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSI. Dr. Víctor Ríos Ojeada Ministro **PODER JUDICIAL** **SECRETARIA JUDICIAL** **PP**
← Volver a los resultados