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ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR HILARIO BARRIOS OCAMPOS C/ ART. 18 INC. Y) DE LA LEY 23 45/03 Y DEL ART. 1 DE LA LEY 4252/10, "QUE MODIFICA LOS ARTS. 3°, 9°, 10° DE LA LEY 2345/03 DE REFOR MA Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA FISCAL SISTEMA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR PUBLICO" NUMERO ° 403 AÑO 2022. A.I. N°: 18/6 Asunción, 20 de octubre de 2025 - VISTO: El pedido de suspensión de efectos formulado por el señor Abog. BLAS ROBERTO ROLON IRALA en r epresentación del Señor HILARIO BARRIOS OCAMPOS, contra el Art. 18 inc. y) de la Ley n° 2345/03, y d el Art. 1 de la Ley 4252/10, QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 3°,9°,10 DE LA LEY 2.345/03 "DE REFORMA Y SO STENIBILIDAD DE LA CAJA FISCAL. SISTEMA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR PUBLICO", y CONSIDERANDO: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efec tos del acto normativo atacado de inconstitucional en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil. Que, el Articulo 553 del C.P.C., dispone que: "la interposición de la demanda no suspende los efecto s de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Supre ma así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación". Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, proced e hacer lugar a lo solicitado. A su el Ministro Victor Rios, dijo: Considero que el presente caso no se evidencia peligro en la dem ora, ni la aplicación de la norma atacada puede ocasionar perjuicio irreparable al accionante. Por lo que no estando cumplidos los requisitos exigidos en mi Artículo 553 del C.P.C., voto por el r echazo de la medida solicitada. ES MI VOTO. A su turno el Ministro Dr. Gustavo Santander, manifiesta que se adhiere a la opinión emitida por el Ministro Dr. Victor Rios Ojeda, por los mismos fundamentos. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: NO HACER LUGAR al pedido de suspensión de efectos del Art. 18 inc. y) de la Ley n° 2345/03, y del Ar t. 1 de la Ley 4252/10, QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 3°,9°,10 DE LA LEY 2.345/03 "DE REFORMA Y SOSTENI BILIDAD DE LA CAJA FISCAL. SISTEMA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR PUBLICO", en relación a la parte accionante, señor HILARIO BARRIOS OCAMPOS, hasta tanto sea resuelta la presente acción de inc onstitucionalidad planteada. ANOTAR y notificar Ante mi: Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Victor Rios Ojeda Ministro bg: Julio C. Pavón Martinez Secretario
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