Contenido completo: 115071.pdf

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR VANESSA VARGAS MELGAREJO C/ LA LEY N° 6746 DE FECHA 27 DE MAYO DE 2021 QUE MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021, APROBADO POR LEY N° 6672 DE FECHA 07 DE ENERO DE 2021 DE LAS ENTIDADES CONGRESO NACIONAL, CAMARA DE SENADORES, MINIST ERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL, RESOLUCIÓN N° 1110 DEL 28 DE MAYO DE 2021 POR LA CUAL SE A SIGNA AL PERSONAL PERMANENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE SENADORES LAS CATEGORÍAS PREVISTAS EN LA LEY 6746 QUE MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021, APROBADO POR LEY N° 6672 DE FECHA 07 DE ENERO DE 2021 DE LAS ENTIDADES CONGRESO NACIONAL, CAMARA DE SENADORES, MINISTERIO DE SAL UD Y BIENESTAR SOCIAL Y RESOLUCIÓN N° 3.170 DE FECHA 28 DE MAYO DE 2021 POR LA CUAL SE ASIGNA AL PER SONAL PERMANENTE DEL CONGRESO NACIONAL Y SUS ACTIVIDADES, LAS CATEGORÍAS PREVIAS A LA LEY N° 6.446/2 021*, N° 2783 - ANO 2021. A.I. N°: 1757 Asunción, <signature>15 de octubre</signature> de 2025 - **VISTA:** La acción de inconstitucionalidad presentada por Vanessa Vargas Melgarejo, por derecho pr opio bajo patrocinio de abogada, contra la Ley N° 6.746/21 que modifica el presupuesto general de la nación para el Ejercicio Fiscal 2021, aprobado por la Ley N° 6.672/21 de las entidades: Congreso Na cional, Cámara de Senadores y Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, Resol. N° 1.110/2021, por la cual se asigna al personal permanente de la Honorable Cámara de Senadores, las categorías pre vistas en el Ley N° 6.476/21 que modifica el Presupuesto General de la Nación aprobado por Ley N° 6. 672/21 de las entidades Congreso Nacional, Cámara de Senadores y Ministerio de Salud y Bienestar Soc ial y Resol. N° 3.170/21 por la cual se asigna al personal permanente del Congreso Nacional y sus Ac tividades, las categorías previstas en la ley N° 6.746/21, y **CONSIDERANDO:** Que, la parte accionante refiere que el acto normativo impugnado es inconstitucional porque viola lo s artículos 46, 47, 48, 102 y 137 de la Constitución Nacional. Que, el artículo 550 del C.P.C. dispone: “Procedencia de la acción y juez competente. Toda persona l esionada en sus legítimos derechos por leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipales, resoluc iones u otros actos administrativos que infrinjan en su aplicación, los principios o normas de la Co nstitución, tendrá facultad de promover ante la Corte Suprema de Justicia, la acción de inconstituci onalidad en el modo establecido por las disposiciones de este capítulo”. Que, el artículo 12 de la Ley 609/95 establece: “No se dará trámite a la acción de inconstitucionali dad en cuestiones no justificables, ni a la demanda que no precise la norma constitucional afectada, ni justifique la lesión concreta que le ocasiona la ley, acto normativo, sentencia definitiva o int erlocutoria”. Que, la Acordada N° 979 de fecha 04 de agosto de 2015 establece en su artículo 2 “Disponer que tanto el tramite como el rechazo in límite de las acciones de inconstitucionalidad serán suscriptos por l os Ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, emitiendo su opinión en cada caso en particular”. Que, analizado el escrito de presentación se constata que la parte accionante ha justificado concret amente la lesión constitucional alegada como también ha citado las normas que considera vulneradas, exponiendo con claridad y precisión su planteamiento, razones por las que corresponde dar trámite a la acción de inconstitucionalidad y correr vista a la Fiscalía General del Estado, de conformidad co n el artículo 554 del C.P.C. **POR TANTO,** la; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL **RESUELVE:** TENER por presentado a la recurrente en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lu gar indicado. ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas.
DAR TRÁMITE a la acción presentada por Vanessa Vargas Melgarejo, por derecho propio bajo patrocinio de abogada, contra la Ley N° 6.746/21 que modifica el presupuesto general de la nación para el Ejerc icio Fiscal 2021, aprobado por la Ley N° 6.672/21 de las entidades: Congreso Nacional, Cámara de Sen adores y Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, Resol. N° 1.110/2021, por la cual se asigna al personal permanente de la Honorable Cámara de Senadores, las categorías previstas en el Ley N° 6 .476/21 que modifica el Presupuesto General de la Nación aprobado por Ley N° 6.672/21 de las entidad es Congreso Nacional, Cámara de Senadores y Ministerio de Salud y Bienestar Social y Resol. N° 3.170 /21 por la cual se asigna al personal permanente del Congreso Nacional y sus Actividades, las catego rías previstas en la ley N° 6.746/21. CORRER vista a la Fiscalía General del Estado. FIJAR días de notificación en Secretaría los martes y jueves de cada semana, de conformidad a lo dis puesto en el Art. 131 del C.P.C.. ANOTAR y registrar Ante mi: Gustavo E. Santander Dans Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Víctor Rios Ojeda Ministro Abg. Julio C. Pavón Martínez Secretario
← Volver a los resultados
Operadores de búsqueda disponibles: También podés escribir NEAR/5 o responsabilidad NEAR culpa y será corregido automáticamente.