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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR EL AGENTE FISCAL ABG. ARNALDO ANDRES ARGUELLO C/ LA S.D. N° 13 DE FECHA 12/10/2022, EN LA CAUSA: MINISTERIO PUBLICO C/ L.R.O.Q. S/ POSESION DE DROGAS PELIGROSAS EN HORQUETA". N° 542 - AÑO 2023. - A.1. Nº 1453 01 Lo2/ Asunción, 10 de septiembre de 2025- ESTADI D94-conardo Ramón Ovelar Quintana, presentada en fecha 14 de octubre de 2024, y;- VISTO: El escrito presentado por el Abg. Amado José Alvarenga Araujo, en nombre y representación de Roque Lóp CONSIDERANDO: Que, en el mencionado escrito, el solicitante manifiesta que desiste expresamente de la acción de Las bincon sumeinalidad semurila por so parte-firmanda su mandasario el escrita presentado a lin se exprsar su conformidad- por así convenir a los intereses de su cliente. - El artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con t al que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia. - El Art. 166 del Código Procesal Civil expresa: "En cualquier estado de la causa el actor puede desis tir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e imp lica la renuncia del derecho respectivo. El Juez se limitará a examinar si el desistimiento es procedente po r la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proceso en caso afirmativo". - El Art. 168 del Código Procesal Civil expresa: "Para desistir de la acción o de la instancia se requ iere poder especial, o la conformidad del mandante expresada en el escrito respectivo." - Por las consideraciones que anteceden y encuadrándose dentro de lo establecido en la norma transcrip ta ut supra, el desistimiento formulado por el accionante deviene procedente. - POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR al desistimiento solicitado por el Abg. Amado José Alvarenga Araujo, en nombre y representación de Leonardo Ramón Ovelar Quintana, presentada en fecha 14 de octubre do 2024, de conformidad al considerando de esta resolución. - NOTIFICAR por cedula. - ANOTAR y registrar. - Gustavn f Santander Dans Ministro Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Arite SECRETARIA PECIAL I L2:0 JUS Abg. Julio C. Pavón Martínez. Secretatio
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