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404/24 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "R.H.P. DE LA ABG. LORENA ZAMPHIROPOLOS EN: JUAN DE LA CRUZ FERREIRA C/ HEREDEROS DE AUGUSTO ACHINELLI S/ USUCAPIÓN". os olmalorTos A.I. Nº 597.- Asunción, 03 de Sephembre del 2.025.- "NÍVISTOS: Estos autos; y He Lopez Franco CONSIDERA NDO: constancias del Juicio y del informe de la 6ithereus Judicial de Fe. 34, se admierten gue Cec1110 Ranin Lezcano Dávalos, Hilda Sebastiana Vega Díaz, Liduvina Salcedo Vda. de Achinelli, Cristhian Augusto Achinelli Salcedo, Carolina Achinelli Salcedo y Adriana María Achinelli Salcedo, fueron notificados de la Providencia con fecha 26 de Agosto del 2.024, conforme a las Cédulas de notificación con fecha 08 de Octubre del 2.024 y 07 de Abril del 2.025, obran a fs. 19 y fs. 31/32, respectivamente. En el expediente no existe constancia que los citados se hayan presentado a contestar el respectivo traslado, habiendo vencido el plazo procesal que tenían para hacerlo, conforme la legislación aplicable en el caso. Corresponde, pues, dar por decaído el Derecho que han dejado de usar Cecilio Ramón Lezcano Dávalos, Hilda Sebastiana Vega Díaz, Liduvina Salcedo Vda. de Achinelli, Cristhian Augusto Achinelli Salcedo, Carolina Achinelli Salcedo y Adriana María Achinelli Salcedo, para contestar el traslado que les fue corrido. Por otra parte, cabe señalar el Articulo Coan Autin Garay PODER Ley N° 1.376/88, reza: "El monto de los juicios se leterminará: Por el valor fiscal cuando se tratare de juicios gre, bienes inmuebles o derechos sobre los mismos, si no han do tasados en autos. Si la avaluación fiscal fuera SECRETARIA sonsiderada por el profesional inferior al valor real. mará el que el 1g asigne, de cual se dará traslado a obligados al pago de los hororarios. En caso de oposición el Juez designará un perito la lista oficial. El informe pericial se pondrá de manifiesto días. fi el valor asignado el inmueble por la Eugenio Jiménez R Ministro Alberto Martínez Simón Ministro Secretaria
Juez fuera más próximo al propuesto por el profesional, las costas de la pericia serán a cargo del obligado caso contrario, las soportará el profesional". Por Providencia con fecha 26 de Agosto del 2.024 se corrió traslado a los potenciales obligados al pago, de la estimación presentada por la Abogada Lorena Zamphirópolos (fs. 2), conforme con la obligación prevista en el Artículo 26, inciso c), de la Ley Nº 1.376/88. Juan de la Cruz Ferreira Martínez contestó el traslado a través del escrito que obra a fs. 16/17, por el cual se opuso a la estimación formulada por la regulante. A su vez, Cecilio Ramón Lezcano Dávalos, Hilda Sebastiana Vega Díaz, Liduvina Salcedo Vda. de Achinelli, Cristhian Augusto Achinelli Salcedo, Carolina Achinelli Salcedo y Adriana María Achinelli Salcedo, se presentaron a contestar el respectivo traslado.- Dicho esto, en atención a la oposición formulada por Juan de la Cruz Ferreira Martínez, y a que Cecilio Ramón Lezcano Dávalos, Hilda Sebastiana Vega Díaz, Liduvina Salcedo Vda. de Achinelli, Cristhian Augusto Achinelli Salcedo, Carolina Achinelli Salcedo y Adriana María Achinelli Salcedo, no han contestado el traslado, no existiendo en el Artículo 26, inciso c) de la citada Ley Arancelaria, aplicación de la regla del silencio como prueba asertiva de la voluntad, debe también entenderse que existe oposición de éstos la estimación propuesta.- Por las consideraciones que anteceden, procede designar un Perito tasador de la lista oficial de la Excma. Corte Suprema de Justicia para determinar la cuantía del monto en esta demanda. Por eso, en derecho cabe designar al/la Perito Tasador/a Fernando Jose Capurro: con Matrícula N° 4168, domiciliado/a en Auda. Victor Curiel - San Loren20, y fijar la audiencia el día, 06 .., de Octubre del corriente año, a las 10:00 horas, para que el/la designado/a se presente a aceptar el cargo y presentar juramento o promesa de decir la verdad, en caso de aceptación. Atendiendo al tenor de las resoluciones dictadas que involucran a terceros, éste Auto Interlocutorio deberá notificarse personalmente o por Cédula.- Por tanto, la Excelentísima;
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "R.H.P. DE LA ABG. LORENA ZAMPHIROPOLOS EN: JUAN DE LA CRUZ FERREIRA C/ HEREDEROS DE AUGUSTO ACHINELLI S/ USUCAPIÓN". - 03 04105/05 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL 07 RESUELVE: DECAÍDO el Derecho que han dejado de usar Ceçi11oRams® Lezcano Dávalos, Hilda Sebastiana Vega Díaz, Vda. de Achinelli, Cristhian Augusto Achinelli Salcedo, Carolina Achinelli Salcedo y Adriana María Achinelli Salcedo, para presentar sus escritos de contestación de traslado.- DESIGNAR Perito Tasador/a Fernando lose Capurro ; con Matrícula Nº 4.168, domiciliado/a en Arda. Victor Curiel San Darenzo, y fijar la audiencia el día, 06 de Octubre tel corriente año, a las 10:00 horas, por los fundamentos expuestos en el exordio de la presente resolación. Ai por cédula. NOTAR, registrat notificar. Ante mi Eugenio Jiménez R Ministro Alberte Martínez Simón Ministre veulu Abg. María Rite Mopger Dos Santos Secretarta CORTE SUPRE SECRETARIA 00 A DE JUSTICIA
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