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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR FERNANDO AIBAL ESCOBAR ESPINOLA C/ ARTS. 2, 7 INC. E), 24 Y 38 DE LA LEY N° 7089/23- QUE ESTABLECEEL) REGIMEN PREVENCION, CORRECCION Y SANCION DE CONFLICTOS DE INTERESES EN LA FUNCION PUBLICA, 29 Y 44 DE LA RESOLUCION CGR. N° 1.148/23 -POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N° 7089/23. N° 2823. Año 2023. - AI. N°. 14.26 A. CIVIL Asunción, 03 de septiembre de 2025 .- VISTAS ba Acción de Inconstitucionalidad promovida por el Sr. FERNANDO ANIBAL ESCOBAR ESPINOLA, por derecho propio y bajo patrocinio del Abg. JOSE MIGUEL FERNANDEZ ZACUR, contra los Artículos 2, 7 Inc. e), 24 y 38 de la Ley 7089/2023 "QUE TMESTABIFCE EL REGIMEN DE PREVENCION, CORRUPCION Y SANCION DE CONFLICTOS DE INTERESES EN LA FUNCION PUBLICA" y los Artículos 29 y 44 de la Resolución CGR N° 1148/23 "POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N° 7089/23"; y, . CONSIDERANDO: Que la actora en su escrito de promoción de la presente Acción solicita la suspensión de efectos de los actos normativos atacados de inconstitucional de conformidad a lo previsto en el Art. 553 del C.P.C., por atentar contra los Artículos 16, 17 Inc. I), 46, 47 Inc. 2), 86, 87, 107 y 137 todos de la Constitución Nacional. Que el Artículo 553 del C.P.C, dispone: "...La interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin Al respecto, considero que en el presente caso no se evidencia peligro de demora, ni que la aplicación de las normativas atacadas puedan ocasionar perjuicio irreparable al accionante, por lo tanto corresponde No hacer lugar a la medida de suspensión de efectos solicitada. POR TANTO, la - CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: NO HACER LUGAR a la suspensión de efectos de los Artículos 2, 7 Inc. e), 24 y 38 de la Ley 7089/2023 "QUE ESTABLECE EL REGIMEN DE PREVENCION, CORRUPCION Y SANCION DE CONFLICTOS DE INTERESES ÉN LA FUNCION PUBLICA" y los Artículos 29 y 44 de la Resolución CGR N° 1148/23 "POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N° 7089/23", por el fundamento expuesto en el exordio de la presente resolución.- ANOTAR y registrar.- Ante mi Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Gustavo E. Santander Dans Ministro Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro Abg. Julio C. Pavón Martínez Secretario
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