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ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR YOHMNIE PAUL PEREIRA ORTIGOZA C/LEY N° 6746 DE FECHA 27 DE MAYO DE 2021 QUE MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021, APR OBADO POR LEY N° 6672 DE FECHA 7 DE ENERO DE 2021 DE LAS ENTIDADES: CONGRESO NACIONAL, CAMARA DE SEN ADORES, Y MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL, RESOLUCIÓN N° 1110 DEL 28 DE MAYO DE 2021 POR LA CUAL ASIGNA AL PERSONAL PERMANENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE SENADORES LAS CATEGORÍAS PREVIST AS EN LA LEY 6746/2021 "QUE MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION, APROBADO POR LEY N° 6672 D E FECHA 7 DE ENERO DE 2021 DE LAS ENTIDADES: CONGRESO NACIONAL, CAMARA DE SENADORES, Y MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL", Y RESOLUCIÓN N° 3170 DEL 28 DE MAYO DE 2021 "POR LA CUAL ASIGNA AL PERSONAL PERMANENTE DEL CONGRESO NACIONAL Y SUS ACTIVIDADES, LAS CATEGORÍAS PREVISTAS EN LA LEY 6 746/2021" N° 2784 AÑO 2021..- A.I. N°: **1377** Asunción, **01 de septiembre** de 2025. VISTOS.- El pedido de suspensión de efectos formulado por el Señor YOHMNIE PAUL PEREIRA ORTIGOZA, po r derecho propio y bajo patrocinio de Abogada, del Ley 6.746 de fecha 27 de mayo de 2021, que modifi ca el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2021, Aprobado por la Ley N° 6672 de fecha 7 de enero de 2021, de las Entidades: Congreso Nacional, Cámara de Senadores, y Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, Resolución N° 1110 del 28 de mayo de 2021, por el cual se asigna al personal permanente de la honorable Cámara de Senadores las categorías previstas en la Ley 6.746/ 2021 "que modifica el Presupuesto General de la Nación aprobado por la Ley n° 6.672 de fecha 7 de en ero de 2021, de las Entidades: Congreso Nacional, Cámara de Senadores, Ministerio de Salud y Bienest ar Social y Resolución n 3.170 de fecha 28 de mayo de 2021, por el cual asigna personal permanente d el Congreso Nacional y sus actividades, categorías previstas en la Ley n° 6.746/2021", y; CONSIDERANDO: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efec tos del acto normativo atacado de inconstitucional en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil. Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que: "la interposición de la demanda no suspende los efecto s de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Supre ma así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación".
Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, proced e hacer lugar a lo solicitado. A la cuestión planteada, el Ministro Víctor Rios, dijo: En cuanto a la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por el accionante, debo manifestar que, respecto a la medida de suspensión de los efectos, considero, que en el presente caso no se evidencia peligro en la demora, ni que el cum plimiento de la norma atacada pueda ocasionar perjuicio irreparable al accionante. Por lo tanto, al no hallarse cumplidos los presupuestos previstos en el Art. 553 del CPC voto por el rechazo de la me dida solicitada. A la cuestión planteada el Ministro Gustavo Santander Dans, dijo: En el presente caso en cuanto a la medida de suspensión de efectos de las disposiciones impugnadas, considero que el cumplimiento por parte de la accionante no podría ocasionarle un perjuicio irreparable, por lo que conforme a lo esta blecido en el Art. 553 del CPC, no corresponde hacer lugar a la medida solicitada. Es mi voto. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALÁ CONSTITUCIONAL RESUELVE: NO HACER LUGAR a la suspensión de efectos formulado por el Señor YOHMNIE PAUL PEREIRA ORTIGOZA, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogada, del Ley 6.746 de fecha 27 de mayo de 2021, que modifica el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2021, Aprobado por la Ley N° 6672 de f echa 7 de enero de 2021, de las Entidades: Congreso Nacional, Cámara de Senadores, y Ministerio de S alud Pública y Bienestar Social, Resolución N° 1110 del 28 de mayo de 2021, por el cual se asigna al personal permanente de la honorable Cámara de Senadores las Categorías previstas en la Ley 6.746/20 21 "que modifica el Presupuesto General de la Nación aprobado por la Ley n° 6.672 de fecha 7 de ener o de 2021, de las Entidades: Congreso Nacional, Cámara de Senadores, Ministerio de Salud y Bienestar Social y Resolución n 3.170 de fecha 28 de mayo de 2021, por el cual asigna personal permanente del Congreso Nacional y sus actividades, categorías previstas en la Ley n° 6.746/2021", de conformidad a los términos del considerando de la presente resolución. ANOTAR y registrar. Ante mí: Dr. E. Santander Dans Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Abg. Julio C. Pavón Martínez Secretario CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALÁ CONSTITUCIONAL Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
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