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Expediente: "David Romualdo Servián Maidana s/Desacato a la Orden Judicial"-.- - 1 - A.I. VISTO: el pedido de Aclaratoria del A.I. N° 432 D. de fecha 28 de julio del 2025, dictado por esta S ala Penal, solicitado por el Abg. David Romualdo Servián Maidana, en estos autos precedentemente ind ividualizados, y;- CONSIDERANDO: 1- Que el Abg. David Romualdo Servián Maidana, solicita la aclaratoria del A.I. N° 432 D. de fecha 2 8 de julio del 2025, dictado por esta Sala Penal, manifestando: "El Recurso de Aclaratoria debe plan tearse para que la Sala Penal de la Corte Suprema aclare si resolvió sobre el fondo o si únicamente desestimó el recurso por inadmisibilidad, evitando interpretaciones contradictorias…" (sic).- 2- Por A.I. N° 432 D. de fecha 28 de julio del 2025, esta Sala Penal resolvió: "DECLARAR INADMISIBLE el recurso de apelación general interpuesto por el Abg. David Romualdo Servián Maidana, contra el A .I. N° 477 de fecha 29 de mayo del 2025, y el A.I. N° 477 de fecha 30 de mayo del 2025, dictados por el Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala de la Circunscripción Judicial de Central, en es tos autos caratulados: "David Romualdo Servián Maidana s/Desacato Judicial", por los fundamentos exp uestos en el exordio de la presente resolución".- 3- ADMISIBILIDAD. Como cuestión previa debe analizarse si la presentación reúne las condiciones obje tivas y subjetivas que condicionan la viabilidad del referido medio impugnatorio. En ese contexto, e l Artículo 126 del Código Procesal Penal, aplicable al caso, preceptúa: "ACLARATORIA. Antes de ser n otificada una resolución, el juez o tribunal podrá aclarar las expresiones oscuras, corregir cualqui er error material o suplir alguna omisión en la que haya incurrido, siempre que ello no importe una modificación esencial de la misma. Las partes podrán solicitar aclaraciones dentro de los tres días posteriores a la notificación".- 4- Expuesta la pretensión del peticionante, y conforme a la normativa precedentemente transcripta, c orresponde darle contestación jurídica que el caso requiera, considerando que en Para conocer la validez del documento, verifique aquí.
Expediente: "David Romualdo Servián Maidana s/Desacato a la Orden Judicial"-.- - 2 - cuanto al lapso temporal para su interposición, el pedido de aclaratoria ha sido presentado en tiemp o oportuno en atención a que el Abg. David Romualdo Servián Maidana ha sido notificado de la resoluc ión que resuelve la apelación en fecha 28 de julio del 2025, y el mismo ha presentado su escrito de solicitud de aclaratoria en fecha 31 de julio del 2025, es decir dentro de los 3 días previstos en l a norma; quien la formula, está legitimado para ello y fue presentada por escrito ante el órgano jur isdiccional llamado a resolverla por haber sido su emisor, por lo que están cumplidos los requisitos procesales que tornan admisible el estudio de la procedencia de la aclaratoria planteada. 5- La Aclaratoria -tal como se observa de la lectura del Art. 126- tiene como objeto aclarar las exp resiones oscuras, corregir cualquier error material o suplir alguna omisión en la que haya incurrido . 6- En ese sentido, corresponde el RECHAZO del pedido de Aclaratoria del A.I. N° 432 D. de fecha 28 d e julio del 2025, dictado por esta Sala Penal, solicitado por el Abg. David Romualdo Servián Maidana , puesto que no se compadece con lo requerido por la norma citada, referente a la Aclaratoria, ya qu e, de la lectura del auto interlocutorio mencionado, la decisión de no admitir el estudio del recurs o de apelación general fue debidamente fundada en los requisitos legales requeridos y no empleados p ara no admitir el recurso, por lo que no existió ninguna omisión o ninguna expresión oscura que nece site ser aclarada. En consecuencia, la Excelentísima;- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: 1.- ADMITIR para su estudio el pedido de Aclaratoria planteado debido a que cumple con los presupues tos previstos en la ley. 2. RECHAZAR el pedido de Aclaratoria del A.I. N° 432 D. de fecha 28 de julio del 2025, dictado por e sta Sala Penal, solicitado por el Abg. David Romualdo Servián Maidana, en estos autos caratulados: " David Romualdo Servián Maidana s/Desacato a la Para conocer la validad del documento, verifique aquí.
Expediente: "David Romualdo Servián Maidana s/Desacato a la Orden Judicial"-.- - 3 - Orden Judicial", por los fundamentos expuestos en el exordio de la presente resolución.- 3.- ANOTAR, registrar y notificar.-
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