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JUICIO: "INFORME DE RECUSACIÓN CON CAUSA EN LOS AUTOS: JULIO RAMÓN LESME VACHE Y OTROS C/ FRANCISCO GRIÑO Y OTROS S/ REMOCIÓN DE AUTORIDADES". A.I. N° 508 Asunción, 12 de Agosto de 2025.- VISTOS: El escrito presentado por el Abogado Mauro Isaac Mascareño Valentín, en representación de Ju lio Ramón Lesme Vache, obrante a f. 32 de autos, y; CONSIDERANDO: Que el citado profesional en el escrito referido manifestó: "...solicito el desistimiento de la recu sación con expresión de causa presentada el 17 de abril del 2024 contra los magistrados Elodia Almir ón y Helmut Forlage...". El Art. 167 del Código Procesal Civil establece: "El desistimiento de la instancia puede formularse en cualquier grado del proceso. El desistimiento de la primera instancia pone las cosas en el estado que tenían antes de la demanda y no impide renovar el proceso en otra oportunidad. El desistimiento de la segunda o tercera instancia significa la renuncia al recurso interpuesto y deja firme la sent encia impugnada. No puede desistirse de la primera instancia después de notificada la demanda, sin l a conformidad de la parte contraria expresada por escrito". En virtud de lo expuesto, y considerando que el escrito fue suscripto por el actor, Julio Ramón Lesm e Vache, prestando su conformidad al desistimiento presentado, se configura el cumplimiento de lo es tablecido en el Artículo 168 del Código Procesal Civil. En consecuencia, corresponde tener por desistido al Abogado Mauro Isaac Mascareño Valentín, de la re cusación con expresión de causa formulada contra los Miembros del Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral, Segunda Sala, Circunscripción Judicial Central Elodia Almirón Prujel y Helmut Forlage.
Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: TENER POR DESISTIDO al Abogado Mauro Isaac Mascareño Valentin, de la recusación con expresión de cau sa formulada contra los Miembros del Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral, Segunda Sala, Circunscripción Judicial Central, Elodia Almirón Frujel y Helmut Fortlage. REMITIR estos autos al Tribunal de origen para lo que hubiere lugar en derecho. ANTPAR, registrar y notificar. Enmendado 12/04 Eugenio Jiménez R. Ministro Abg. Maria Rita Monges Dos Santos Secretaria Alberto Martinez Simon Ministro Dra. Ma. Carolina Llanes O. Ministra Abg. Maria Rita Monges Dos Santos Secretaria
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