Contenido completo: 113635.pdf
REG. HON. PROF. DEL ABG.JOSE ANTONIO MORENO RUFFINELLI EN LO AUTOS ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PR OMOVIDA POR ROGELIO WELKO CHAPARRO EN LOS AUTOS CARATULADOS: "ROGELIO WELKO CHAPARRO C/ BANCO SUDAME RIS S.A. S/ INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS. - EXPTE N° 2544 AÑO 2023." A.I.N°: ...1271. Asunción, de del 2.025 Y VISTOS: El escrito presentado por el Abogado José Antonio Moreno Ruffinelli, y; CONSIDERANDO: A su turno, el Ministro DOCTOR GUSTAVO SANTANDER DANS, dijo: El Abogado José Antonio Moreno Ruffinel li peticiona sean regulados sus honorarios profesionales por las labores desplegadas en esta instanc ia y que concluyeron con el Acuerdo y Sentencia N° 245 del 24 de mayo del 2022, dictado por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que resolvió no hacer lugar a la Acción de Inconstitu cionalidad promovida por el Abogado Rafael A. Blanco S. representante convencional del señor Rogelio Welko Chaparro. Conforme las constancias de autos el Abogado recurrente fue representante convencional de la adversa SUDAMERIS BANK SAECA, y contestó el traslado de la Acción de Inconstitucionalidad promovida por el señor Rogelio Welko Chaparro, siendo ganancioso al no haber prosperado la Acción de Inconstitucional idad contra el A.I. N° 61 de fecha 14 de marzo del 2019, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná que resolvió revoc ar parcialmente el A.I. N° 615 del 22 de julio del 2013, en la parte que estableció intereses morato rios (fs. 69/71 Expediente: "ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR ROGELIO WELKO CHAPARRO EN LOS AUTOS CARATULADOS: ROGELIO WELKO CHAPARRO C/ BANCO SUDAMERIS S.A. S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PE RJUICIOS. N° 777. AÑO: 2019"). Verificados los autos principales se constata que el A.I. N° 615 del 22 de julio del 2013 dictado po r el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Primer Turno Interino del Quinto Turno , de la VI Circunscripción Judicial de Alto Paraná impuso con intereses moratorios la suma de USD 50 7.600 (fs. 627/628 vto. autos principales "ROGELIO WELKO CHAPARRO C/ BANCO SUDAMERIS PARAGUAY INDEMN IZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS" - TOMO IV - N° 41. AÑO: 2001). Conforme lo expuesto al haberse rechazado la acción de inconstitucionalidad, ut-supra individualizad a y en consecuencia quedado firme el A.I. N° 61 de fecha 14 de marzo del 2019, dictado por el Tribun al de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala de la Circunscripción Judicial del Alto Paraná que resolvió revocar parcialmente el A.I. N° 615 del 22 de julio del 2013, en la parte que establec ió intereses moratorios, el Representante Convencional de SUDAMERIS BANK SAECA logró la exclusión de l pago de intereses moratorios por el monto de USD 507.600, representando dicho monto el beneficio e conómico en el no pago de los mismos a la adversa. 1
En este orden de cosas el provecho económico está dado por USD 507.600 que debe ser calculado confor me al Artículo 62, 1º parte de la Ley Arancelaria, siendo la base del cálculo aritmético el 10% de d icho monto, para el carácter de patrocinante y el 50% del mismo para el carácter de procurador, más el 10% en concepto de IVA. **CALCULO ARITMETICO:** Contenido patrimonial = USD 507.600 ART. 62-1ª parte = USD 507.600 X 10% = USD 50.760 USD PATROCINANTE ART. 25 (50%) = 25.380.................................................. PROCURADOR TOTAL = USD 76.140.................................................. DOBLE CARÁCTER Acordada N° 337/2004 (10% IVA) = USD 7.614 **TOTAL= USD 83.754** ART. 26, inc. e) cambio del dólar a la fecha del dictado de la Regulación de Honorarios 7.266 por un dólar (enero-2024). ................................................. **TOTAL USD 83.754 x Gs. 7.266 GS, 608.556.564** En consecuencia, por los motivos expuestos, corresponde Regular los Honorarios Profesionales del Abo gado José Antonio Moreno Ruffinelli (matrícula N° 428) en carácter de patrocinante y procurador de S UDAMERIS B BANK SAECA en la suma total de Gs. 608.556.564 (guaranes seiscientos ocho millones quinie ntos cincuenta y seis mil quinientos sesenta y cuatro), I.V.A. incluido. A sus turnos, los Ministros **DOCTORES CÉSAR DIESEL JUNGHANNS** y **VICTOR RIOS OJEDA** manifestaron que, se adhieren al voto del Ministro preopinante **DOCTOR GUSTAVO SANTANDER DANS**, por los mismos fundamentos. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: **REGULAR** los Honorarios Profesionales del **Abogado José Antonio Moreno Ruffinelli** (matrícula N ° 428) en carácter de patrocinante y procurador de SUDAMERIS BANK SAECA en la suma total de Gs. 608. 556.564 (guaranes seiscientos ocho millones quinientos cincuenta y seis mil quinientos sesenta y cua tro), I.V.A. incluido. **ANOTAR**, registrar y notificar Ante mi: César M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Victor Rios Ojeda Ministro <signature>Julio C. Fayon Martinez</signature> Secretario Abog. Julio C. Fayon Martinez Secretario
← Volver a los resultados