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**CORTE SUPREMA DE JUSTICIA** JUICIO: "ELIAS DAVID FALCÓN FIGUEREDO C/ ATILIO MARTÍNEZ CABRERA S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUIC IOS POR RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL". A.I. N° 437 Asunción, 23 de julio del 2.025.- Y VISTOS: La contienda negativa de competencia entre el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y C omercial, Primer Turno, a cargo de Gustavo Ramón Chilavert y el Juzgado de Primera Instancia en lo C ivil y Comercial, Tercer Turno, a cargo de Felipe Mercado Navarro, ambos con sedes en Ciudad San Lor enzo, Circunscripción Judicial Central, y; CONSIDERANDO: Opinión del señor Ministro César Antonio Garay: La demanda se inició ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, del Tercer Turno con sede en Ciudad San Lorenzo, Circunscripción Judicial Central, a cargo de -a la sazón- César Manu el Godoy Morales. En fecha 2 de Marzo del 2.023, el demandado recusó sin causa al Juzgado, solicitan do se dé intervención al que sigue en orden de turno. Posteriormente, por Providencia con fecha 7 de Marzo del 2.023, el Juzgado se separó de entender en este Juicio, ordenando su remisión al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Primer Turno, a cargo de Gustavo Ramón Chilavert de co nformidad a lo dispuesto por la Acordada N° 656, de fecha 9 de Noviembre del 2.010. Recepcionados los Autos en el Juzgado subrogante, se dictó la Providencia con fecha 6 de Mayo del 2. 023 que reza: Notando el proveyente que, estos autos al tener como Juzgado de origen el de igual cla se y jurisdicción del Tercer Turno, Secretaria N° 6 y habiendo desaparecido la motivación para pedir la separación del magistrado saliente por la culminación de su mandato, y habiendo sido designado y asumido como nuevo magistrado el Abg. Felipe Mercado, remitirse nuevamente estos autos al Juzgado d e Origen ya mencionado, bajo constancia en los libros de secretaria habilitados para tal efecto, sir viendo el presente proveído de suficiente y atento oficio." (fs. 4).- Por A.I. N° 1.014, de fecha 24 de Septiembre ...<signature>Signature</signature> Eugenio Jiménez R. Ministro Alberto Martínez Simón Ministra MRUA1 Agh. María Rita Mungas Dos Santos Secretaria
... del 2.024, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Tercer Turno, a cargo de Fel ipe Mercado Navarro, se declaró incompetente, planteó contienda negativa de competencia y elevó los autos a la Excma. Corte Suprema de Justicia. Corrida la vista al Ministerio Público de la contienda de competencia, la Fiscal Adjunta Matilde Mor eno Irigoitia, conforme a su Dictamen N° 1.361, del 8 de Noviembre del 2.024, aconsejó que el Juicio debe tramitarse ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Primer Turno, a cargo de Gustavo Ramón Chilavert. En el sub examine no cabe duda de que se ha suscitado una contienda de competencia negativa por cuan to que existen dos Juzgadores que no asumen entender en éste Juicio. Empero, no resulta ocioso recordar que el Magistrado Gustavo Ramón Chilavert, intervino en Juicio co mo subrogante del Juzgado que precedió y no puede apartarse de la invocación de la designación de ot ro Magistrado en lugar de aquel juzgador. En efecto, la conducta asumida constituye una conclusión a l Principio de la perpetuatio jurisdictionis, Principio derivado del debido proceso -de protección c onstitucional- que fija infinitamente la competencia prorrogada en el nuevo Juzgado que la asume, au nque se modifiquen ulteriormente las circunstancias que la determinaron, según surgen de los Artícul os 2,3,4 y 5, del Código Procesal Civil. Esto, sin perjuicio, vale aclarar, del acaecimiento de causales sobrevinientes que ameriten la excus ación del Juzgador, que no es el caso. En suma, la nueva designación del Juez Felipe Mercado Navarro, en el Juzgado que precedió, no puede modificar la competencia ya asumida por el Juez Gustavo Ramón Chilavert, debiendo este seguir entend iendo en el Juicio. Por tales motivaciones, corresponde declarar que la judicatura competente para entender en el proces o es el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Primer Turno, con sede Ciudad San Lore nzo, Circunscripción Judicial Central. OPINIÓN DEL SEÑOR MINISTRO EUGENIO JIMÉNEZ ROLÓN: Adhiere juzgamiento a la opinión del señor Ministr o que le ...//...
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "ELIAS DAVID FALCÓN FIGUEREDO C/ ATILIO MARTÍNEZ CABRERA S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUIC IOS POR RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL". -II- ...//... antecede por idénticas motivaciones. OPINIÓN DEL SEÑOR MINISTRO ALBERTO MARTÍNEZ SIMÓN: Me adhiero al voto del Ministro Preopinante, por compartir idénticos fundamentos, permitiéndome agre gar que los hechos sucedidos en autos pueden -y deben- haberse evitado para que no se produzca la se paración del Juez natural que debía entender en una causa judicial -obligación de todos quienes asum imos este oficio de juzgar a nuestros ciudadanos- y también para evitar el gran derroche de tiempo q ue insume esta separación, con el agregado del dispendio innecesario de recursos públicos y del tiem po de otros juzgadores que debemos abocarnos a estudiar y resolver una cuestión que debió ser conven ientemente evitada, produciéndose la consecuencia más gravosa: el retraso absolutamente indebido de la oportuna atención de un proceso en el cual están enfrentados nuestros ciudadanos. En ese sentido, observando que la conducta desplegada por el Juez Gustavo Ramón Chilavert Villalba p odría configurar falta grave conforme con lo dispuesto por el Sistema Disciplinario del Poder Judici al, corresponde remitir los antecedentes del caso a conocimiento del Consejo de Superintendencia de Justicia, a los efectos pertinentes, conforme con las Acordadas que regulan la materia. Asimismo, cabe advertir al Juez Gustavo Ramón Chilavert Villalba que no incurra reiterativamente en inhibiciones por completo infundadas y huérfanas de motivaciones legales, en clara contravención a l o textualmente dispuesto en el ya referido art. 5 del C.P.C. ES MI VOTO. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR competente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Primer Turno, a cargo d e Gustavo ...//...
...//... Ramón Chilavert con sede en Ciudad San Lorenzo, Circunscripción Judicial Central. LIBRAR Oficio al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Tercer Turno, a cargo de Feli pe Mercado Navarro, con sede en Ciudad San Lorenzo, misma Circunscripción Judicial, anoticiando lo r esuelto. REMITIR estos autos al Juzgado aquí declarado competente. ANOTAR, registrar y notificar. Eugenio Jiménez R. Ministro Alberto Martínez Simón Ministro Ante mí: Abg. Maria Rita Núñez Dos Santos Secretaria
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